Boletín nº 182 (22-09-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Carlota

Nº. 2.855/2020

Título: CONVOCATORIA POR LA QUE SE DEBE REGIR LA CONCESIÓN DE AYUDAS A ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS INCLUIDOS MÁSTERES OFICIALES, CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR Y BACHILLERATO DE ARTE DEL MUNICIPIO DE LA CARLOTA.

BDNS (Identif.) 524347

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/524347)

PRIMERO. OBJETO Y ÁMBITO DE LA CONVOCATORIA

Las presentes bases y su convocatoria tienen por objeto establecer las normas que han de regir la concesión, en régimen de concurrencia competitiva de las subvenciones destinadas a estudiantes  en posible situación de vulnerabilidad social y empadronados en el municipio de La Carlota pudiéndose verse beneficiados un máximo de sesenta y seis (66) estudiantes del municipio, que no han obtenido ningún tipo de subvención o ayuda por otras Administraciones Públicas para la misma finalidad, para el curso escolar 2019-2020, mediante las cuales un grupo de estudiantes que reúna los requisitos para ello, tendrán la oportunidad de disfrutar de esa ayuda económica para paliar en la medida de lo posible los gastos que se originan durante el curso.

SEGUNDO. BENEFICIARIOS Y REQUISITOS

Podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas aquellos alumnos/as en situación de vulnerabilidad que se encuentren cursando estudios universitarios, incluido másteres oficiales, ciclos formativos de grado superior y bachillerato de arte, que cumpliendo los requisitos y obligaciones exigidas en la presente convocatoria, no hayan solicitado ninguna ayuda al estudio al Ministerio de Educación y Formación Profesional, u otro organismo público para la misma finalidad, o bien, habiéndola solicitado, no hayan sido beneficiarios de la misma; extremo, éste último, que se conocerá cuando haya transcurrido el plazo máximo de resolución de ayudas al estudio que hayan convocado la diferentes Administraciones Públicas para el curso 2019/2020.

TERCERO. NORMATIVA

La presente convocatoria se regirá por la Ordenanza General por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesiónde subvenciones municipales del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota y sus Patronatos, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en Sesión Ordinaria celebrada el día27 de marzo de 2017 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 95, de 22 de mayo de 2017, así como por la presente convocatoria, aprobadas por Resolución de Alcaldía número 2461/2020, de 18 de septiembre del corriente.

CUARTO. IMPORTE

Las ayudas al estudio que se concedan al amparo de esta convocatoria se imputarán a la aplicación presupuestaria 3300-48904 "Plan de Apoyoa Estudiantes", del Presupuesto del Ayuntamiento de La Carlota correspondiente al año 2020. El crédito destinado a esta convocatoria asciende inicialmente a treinta mil euros (30.000 euros), de los créditos disponibles del Presupuesto municipal correspondienteal año 2020 con cargo a la citada aplicación presupuestaria.

QUINTO. SOLICITUDES, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN. DOCUMENTACIÓN

Las solicitudes de ayuda al estudio serán dirigidas al Excmo. Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba), y se presentarán en el impreso de solicitud que consta unido a las bases como Anexo I.

La solicitud se realizará por medio de la presentación de la correspondiente instancia normalizada que podrá recogerse en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota, o en la página web municipal: http://www.lacarlota.es/, siendo presentado preferentemente en el Registro electrónico del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota, sin perjuicio de que se pueda presentar en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota, sito en Avenida Carlos III, 50; o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de las solicitudes será de DIEZ DÍAS HÁBILES, el cual, se contará a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, estando publicadas las mismas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, documento que será alojado en la Sede Electrónica con un enlace en la siguiente dirección de Internet: www.lacarlota.es.

La Carlota, 18 de septiembre de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Antonio Granados Miranda.

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