Boletín nº 186 (28-09-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Monturque
Nº. 2.863/2020
ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de fecha 10 de junio de 2020, sobre la modificación de la Ordenanza Reguladora del Precio Público por Entrada y Uso para el baño de la Piscina Municipal, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR ENTRADA Y USO PARA EL BAÑO DE LA PISCINA MUNICIPAL.
-Artículo 4. Cuantía. (Se añaden los siguientes apartados):
Carné de bañista de 10 usos: 22 euros.
Carné de bañista de 22 usos: 44 euros.
El 80% de las entradas diarias estarán reservadas para vecinos de Monturque, pudiendo estar el 20% restante, como máximo, a usuarios de otras poblaciones. Para la acreditación de la condición de vecinos se presentará DNI actualizado o volante de empadronamiento.
La venta de tumbonas quedará supeditada a la normativa y recomendaciones de las diferentes Instituciones con respecto a las medidas a tomar de prevención de contagio del COVID-19.
-Artículo 5. Obligación y forma de pago. (Se modifica en el siguiente sentido):
La obligación de pagar el precio público nace desde el momento en que se inicie la prestación del servicio o la realización de la actividad.
El pago del precio público se realizará, en el momento de la entrada al recinto, en metálico o mediante medios electrónicos o previa adquisición del carnet de bañista en las oficinas municipales. Se recomienda el pago mediante medios que no conlleven transacción de dinero en efectivo.
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, Recurso Contencioso-Administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Todo ello, sin perjuicio de que se podrá ejercitar cualquier otro recurso que se estime pertinente.
En Monturque, 21 de septiembre de 2020. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, María Teresa Romero Pérez.