Boletín nº 186 (28-09-2020)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 10
Sevilla

Nº. 2.874/2020

Juzgado de lo Social Número 10 de Sevilla

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 111/2019. Negociado D

De: Don Juan Carlos González García

Abogado: Don Juan Veiga Bastos

Contra: Don Juan José Tordecillas Mayas

DOÑA ROSA MARÍA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 10 DE SEVILLA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 111/2019 a instancia de la parte actora don Juan Carlos González García contra don Juan José Tordecillas Mayas sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado AUTO y DECRETO despachando ejecución 26/07/19 de fecha cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

"PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo despachar ejecución contra los bienes y derechos propiedad del demandado Juan José Tordecillas Mayas por la cuantía de 10.779,31 euros de principal y de 2155,86 euros en que provisionalmente se presupuesten los intereses y costas.

Contra la presente resolución, cabe interponer recurso de reposición por escrito presentado dentro los tres días hábiles siguientes a su notificación.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma la Iltma. Sra. Doña Carmen Lucendo González, Magistrada Juez del Juzgado de Lo Social Número 10 de Sevilla. Doy fe.

La Magistrada Juez. El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

DILIGENCIA. Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.....

"PARTE DISPOSITIVA

Decretar el embargo de bienes y derechos propiedad de la parte ejecutada Juan José Tordecillas Mayas, en cuantía suficiente a cubrir el importe del principal por el que se ha ordenado la ejecución ascendente a 10.779,31 € más lo presupuestado provisionalmente para intereses y costas 2.155,86 €, a favor del ejecutante don Juan Carlos González García, y en concreto las devoluciones que por IVA o cualquier otro concepto pudieran corresponder a la ejecutada, llevándose a efecto el mismo a través de la aplicación informática de la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado.

Requerir al demandado para que, en el plazo de los diez días siguientes al recibo de está notificación, informe a este Juzgado sobre bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía por la que se despachó ejecución, con expresión en su caso de cargas y gravámenes, personas que ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre sus bienes y de estar sujetos a otro proceso, concretar los extremos de éste que puedan interesar a la ejecución, especificando en el caso de los inmuebles, si están ocupados, por quienes y con qué título con los apercibimientos de incurrir en delito de desobediencia en caso de que no presente la relación de bienes, incluya en ella bienes ajenos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes.

Se acuerda el embargo de los saldos y cuentas corrientes de las que aparece como titular la demandada en las entidades financieras dadas de alta en el servicio del Sistema de Embargos de Cuentas del Punto Neutro Judicial, y de los créditos que frente a la misma pueda tener ..FRENTE A LA AET...y para su efectividad se DA LA OPORTUNA ORDEN TELEMÁTICA.

Consúltense las bases de datos de la aplicación informática instalada en este Juzgado del INE, Registro Mercantil, Catastro, TGSS, INEM, DGT y AEAT (rentas de trabajo, ingresos y pagos, pagos al tesoro público, cuentas bancarias, impuestos sobres bienes inmuebles, autoliquidaciones: solicitudes de devolución, impuesto sobre actividades económicas, transmisiones de valores, planes de pensiones, sin son declarantes o no en Diputaciones Provinciales, fallecidos) y todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 95. 1, h) de la Ley General Tributaria, de colaboración con los jueces y tribunales para la ejecución de resoluciones judiciales firmes, en su caso, a fin de recabar información sobre los bienes que aparezcan como de titularidad de la ejecutada o localización de la misma.

Se accede al Servicio de Índices a través del Punto Neutro Judicial para obtener información patrimonial sobre bienes inmuebles.

Líbrese oficio a las entidades Caja Rural de Cañete de las Torres, Caja Rural de Jaén, Barcelona y Madrid S, y Banco Bilbao Vizcaya Argentaria SA quienes deberán retener de inmediato saldos y demás derechos derivados de cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualesquiera otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos, que dicho ejecutado mantenga o pueda contratar con su entidad, hasta cubrir las cantidades por las que se sigue esta ejecución; y en concreto sobre la cuenta.

Notifíquese el presente junto con el auto de ejecución a las partes, previniéndoles que contra esta resolución cabe interponer recurso directo de Revisión, sin efecto suspensivo, ante el Magistrado Juez que dictó la orden general de ejecución.

El recurso se interpondrá por escrito dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación, citando la disposición que esta resolución hubiese infringido.

La parte que no gozara del beneficio de la justicia gratuita deberá constituir depósito de 25 euros en la Cuenta de Santander 0030-1846-42-0005001274 Concepto 4029-0000-00- (número de expediente y año).

Así lo decreta y firma doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Lo Social número 10 de Sevilla. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA".

Y para que sirva de notificación al demandado Juan José Tordecillas Mayas, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a 7 de septiembre de 2020. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, Rosa María Rodríguez Rodríguez. 

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