Boletín nº 192 (06-10-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 2.957/2020

Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de septiembre de 2020, se acordó aprobar inicialmente las Ordenanzas reguladoras de las Prestaciones Patrimoniales de carácter público no tributarias del Ayuntamiento de Córdoba, que se indican a continuación:

- Ordenanza municipal reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributaria a percibir por EMACSA por los servicios de abastecimiento de agua potable y otras actividades relacionadas con los mismos, así como de determinados aspectos técnicos de las instalaciones y de ciertos riegos y suministros específicos.

- Ordenanza municipal reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributaria a percibir por EMACSA por los servicios de Depuración de vertidos de aguas residuales y por autorizaciones en la red de alcantarillado.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOP y en el Tablón de Anuncios Electrónico de la Sede del Ayuntamiento, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.

El expediente podrá ser consultado:

- Empresa Municipal de Aguas de Córdoba, S.A. (EMACSA).

C/ De Los Plateros, 1

Secretaría de Gerencia (8:15 14:45 horas).

- En el siguiente enlace:

https://www.cordoba.es/busquedas-plan-normativo/category/52-tramite-de-audiencia-e-informacion-publica

Las alegaciones y sugerencias podrán ser presentadas:

- En la sede electrónica del Ayuntamiento de Córdoba.

https://sede.cordoba.es/cordoba

- En el registro electrónico común.

https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

- En el resto de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, incluida la presentación en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro del Ayuntamiento de Córdoba, Avda. Gran Capitán, nº 6.

Si transcurrido dicho plazo, no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

En Córdoba, 25 de septiembre de 2020. Firmado digitalmente: El Coordinador General del Ayuntamiento de Córdoba y Presidente de EMACSA, Ramón Díaz-Castellanos Piquero.

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Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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