Boletín nº 199 (16-10-2020)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 2.961/2020
Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 114/2019. Negociado: SU
De: D. Adolfo María Sabariego Roa
Abogado: D. Francisco García Solís
Contra. Buscándolas S.L.
DOÑA MARÍA DE LOS ÁNGELES CASAMAYOR RIVAS, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 114/2019, a instancia de la parte actora D. Adolfo María Sabariego Roa contra Buscándolas S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Decreto de Insolvencia de fecha 22/09/2020 en cuya parte dispositiva se dice textualmente:
Parte dispositiva
Acuerdo:
a) Declarar a la ejecutada Buscándolas S.L., con C.I.F. B-14920847, en situación de insolvencia por importe de 2.081,31 euros de principal, más 380,00 euros calculados para intereses y costas, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.
b) Hacer entrega de testimonio de esta resolución a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.
c) Notifíquese la presente resolución por vía lex-net a la parte ejecutante adjuntando testimonio de la resolución y por edictos a la parte ejecutada que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
d) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.
Notifíquese la presente resolución.
Y para que sirva de notificación a la demandada Buscándolas S.L., con C.I.F. B-14920847, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 22 de septiembre de 2020. La Letrada de la Administración de Justicia, firma ilegible.