Boletín nº 199 (16-10-2020)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 6
Sevilla

Nº. 3.040/2020

Juzgado de lo Social Número 6 de Sevilla

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 330/2020. Negociado: L

De: Global Tecnología de Mantenimiento S.L.

Contra: Global Tecnología de Mantenimiento S.L.

DOÑA DIANA BRU MEDINA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 6 DE SEVILLA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 330/2020, a instancia de la parte actora Global Tecnología de Mantenimiento S.L. contra Global Tecnología de Mantenimiento S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Decreto de fecha 17/09/20 del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

Acuerdo:

Declarar a la ejecutada Global Tecnología de Mantenimiento S.L. en situación de insolvencia total con carácter provisional por importe de 3.395,40 euros de principal, más 509,31 euros presupuestados para intereses legales y costas del procedimiento.

Expídanse a la parte ejecutante las oportunas Copias selladas, necesarias para su aportación al FOGASA, debiendo comparecer la parte solicitante en la Secretaría de este Juzgado, en día y hora hábil para su recogida.

Archivar las actuaciones previa anotación en los Libros de Registro correspondientes de este Juzgado, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes del ejecutado sobre los que trabar embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe Recurso de Revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el nº de cuenta de este Juzgado nº 4025 0000 00 0997 15 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social-Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social-Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

La Letrada de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación a la demandada Global Tecnología de Mantenimiento S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a 17 de septiembre de 2020. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Diana Bru Medina.

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