Boletín nº 199 (16-10-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 3.186/2020
AMPLIACIÓN CONVOCATORIA DE AYUDA SOCIAL EN LA MODALIDAD DE AYUDA DE EMERGENCIA FAMILIAR 2020
BDNS (Identif.): 491754
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/491754)
Primero: Tipología de las ayudas económicas
Las ayudas que por esta convocatoria pueden concederse son:
- Ayudas Económicas familiares: Son aquellas ayudas que se conceden a familias que carezcan de recursos económicos suficientes para la atención de las necesidades básicas de los menores a su cargo, especialmente de crianza y alimentación, con el fin de evitar la institucionalización de menores y posibilitar su integración en el entorno familiar y social.
Segundo: Personas beneficiarias
Podrán acceder a estas prestaciones las personas físicas o unidades familiares de convivencia con residencia en el municipio de Córdoba y que reúnan los requisitos que se establecen para este tipo de ayudas.
Tercero: Objeto
Es objeto de la presente convocatoria la apertura del procedimiento de concesión de ayudas económicas familiares de la Delegación de Servicios Sociales, mediante el procedimiento de concesión directa, dadas las circunstancias excepcionales que reúnan las personas beneficiarias para acceder a cada tipo de ayuda.
Cuarto: Bases reguladoras
Bases reguladoras del Programa de Ayudas Económicas de los Servicios Sociales Municipales.
URL:https://bop.dipucordoba.es/uploads/Bop/20180620/20180620_num2073.pdf?1529474802
La consulta de las bases de la convocatoria se podrá consultar también:
BASES DEL PROGRAMA DE AYUDAS ECONÓMICAS DE LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES
URL: https: //ssm.cordoba.es/ otros-contenidos/m-subvenciones/subvenciones-ayudas-economicas-2019.
Quinto: Cuantías
Los importes destinados para las ayudas son los que se consignan en la aplicación presupuestaria, sin menoscabo de las eventuales modificaciones para el incremento del crédito inicial; importes que son, conforme a las previsiones a la fecha de publicación de esta Convocatoria:
Anualidad |
Importe |
Partida presupuestaria |
2020 |
675.000 € |
Z E16 2315 48000 0 |
2021 |
1.575.000 € |
Z E16 2315 48000 0 |
TOTAL |
2.250.000 € |
Z E16 2315 48000 0 |
Los importes mensuales de cada una de las ayudas, responderán a los siguientes criterios:
- Ayudas Económicas Familiares: El importe mensual de este tipo de ayudas supondrán un porcentaje del IPREM que oscila entre el 50 y el 100% de dicho indicador.
Sexto: Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes podrán presentarse durante todo el año 2020 y 2021, en función de la disponibilidad presupuestaria existente en cada momento. La forma es la establecida en el Programa de Ayudas Sociales del Ayuntamiento de Córdoba, a través de concertación de cita con Trabajador/a Social del Centro de Servicios Sociales Comunitarios que corresponda según la residencia.
Séptimo: Otros datos
De conformidad con las bases de la convocatoria, en las Ayudas Económicas Familiares la concesión de la ayuda estará vinculada inevitablemente a la existencia y aceptación por parte de la familia de un Proyecto de Intervención familiar que contribuya a superar la situación.
Córdoba 9 de septiembre de 2020. Firmado electrónicamente: La Teniente Alcalde Delegada de Servicios Sociales e Igualdad, Eva María Timoteo Castiel.