Boletín nº 203 (22-10-2020)
VI. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 3.266/2020
Con fecha 16 de octubre de 2020 y número de resolución 2020/5991, he decretado lo que sigue:
Advertido error en mi Decreto de 1 de octubre e insertado en el Libro de Resoluciones con el número 2020/5538, por el cual se aprobaban las Bases de la convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Jefatura de Servicio de Recursos Humanos (Código 330 según la vigente Relación de Puestos de Trabajo) por el sistema de libre designación y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 193, de 7 de octubre y convocatoria publicada en el BOE nº 273, de 15 de octubre.
Considerando que el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
En ejercicio de la facultad que me confiere a la Presidencia el artículo 34.1g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, atribuida a la delegación genérica de Recursos Humanos mediante Decreto de la Presidencia de 13 de enero de 2020 (resolución nº 2020/00000056), vengo en resolver la rectificación de las Base 2ª de la convocatoria en el siguiente sentido:
Donde dice:
Base 2ª. Puesto objeto de cobertura
Es objeto de la presente convocatoria de provisión, por el sistema de libre designación, el puesto que se incluye en el Anexo a la presente que figura en la vigente Relación de Puestos de Trabajo.
La elección de dicho sistema de provisión conlleva la apreciación discrecional por el órgano competente de la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
El Titular del puesto de trabajo que resulte adjudicatario por este sistema podrá ser cesado discrecionalmente. En caso de cese, se le deberá asignar un puesto de trabajo conforme al sistema de carrera profesional de la Diputación de Córdoba y con las garantías inherentes de dicho sistema.
Debe decir:
Base 2ª. Puesto objeto de cobertura
Es objeto de la presente convocatoria de provisión, por el sistema de libre designación, el puesto que se incluye en el Anexo a la presente que figura en la vigente Relación de Puestos de Trabajo.
La elección de dicho sistema de provisión conlleva la apreciación discrecional por el órgano competente de la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
El Titular del puesto de trabajo que resulte adjudicatario por este sistema podrá ser cesado discrecionalmente. En caso de cese, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como normativa que resulte de aplicación.
Córdoba a 19 de octubre de 2020. Firmado electrónicamente: El Presidente, P.D. El Diputado Delegado de Recursos Humanos, Esteban Morales Sánchez.