Boletín nº 207 (28-10-2020)
VI. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 3.368/2020
El Pleno de esta Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión celebrada el día 21 de octubre de 2020, aprobó la Modificación del Plan Provincial de Eliminación de Barreras Arquitectónicas y actuaciones extraordinarias en Infraestructuras Públicas 2020-2021, atendiendo a la petición efectuada por la Entidad Local Autonóma de Encinarejo, en el siguiente sentido:
Primero. Modificar el Plan Provincial de Eliminación de Barreras Arquitectónicas y actuaciones extraordinarias en Infraestructuras Públicas 2020-2021, atendiendo a la petición efectuada por la Entidad Local Autonóma de Encinarejo, autorizándose a la citada Entidad Local al cambio del sistema de Ejecución Directa, de la siguiente actuación:
Denominación |
Presupuesto |
Aport. Diputación |
Aport. Municipal |
Suministro e Instalación de Alcorques en calles Prolongación Félix Rodríguez de la Fuente, San Isidro, Paseo Pablo Iglesias, Osio y Arquitecto Jiménez de la Cruz |
16.349,14 |
16.349,14 |
0,00 |
Segundo. Asimismo, esta Entidad Local, de conformidad con lo dispuesto en los Criterios de Elaboración del citado Plan Provincial, deberá dar cumplimiento a la siguientes condiciones:
a) La Entidad Local deberá efectuar la ejecución de las obras conforme al proyecto redactado y por un presupuesto de administración máximo igual a la cantidad aprobada, ya que cualquier exceso sobre esta cantidad corresponderá a cargo exclusivo de la entidad local.
b) La ejecución de las obras se ajustará al proyecto aprobado y la normativa vigente, correspondiendo a la entidad local la designación de los técnicos facultativos de cada
materia (dirección de obra, dirección de ejecución de obra, dirección de instalaciones, coordinación en materias de seguridad y salud, etc.), debiendo asimismo comunicar dicha designación a esta Diputación Provincial.
c) La supervisión de las Memorias Técnicas/Proyectos, los documentos técnicos redactados y la ejecución de las obras corresponde a los Servicios Técnicos de la Diputación Provincial que, en su momento, designarán al técnico supervisor. Esta tarea deberá ser realizada con carácter previo al inicio de la ejecución de la actuación.
d) El pago de las aportaciones que financian las obras se realizará con carácter anticipado a la ejecución y/o justificación de la actuación, una vez supervisado el Proyecto o Memoria Técnica por los Servicios Técnicos de la Diputación Provincial, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 de estos Criterios.
e) La justificación de la asignación económica otorgada deberá aportarse a la finalización de las actuaciones, debiendo de remitir la documentación que se especifica en el articulo 14 de los Criterios de Elaboración, Aprobación y Ejecución del mencionado Plan Provincial.
f) Toda la documentación técnica remitida por las Entidades Locales será supervisada por los Servicios Técnicos de la Diputación Provincial de Córdoba.
g) La Diputación Provincial queda exonerada de cualquier responsabilidad económica o de otro tipo que pudiera producirse como consecuencia de la ejecución de las obras.
Tercero. Seguir la tramitación establecida en el artículo 32 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y en su consecuencia, publicar el citado acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de posibles alegaciones o reclamaciones, durante el plazo de 10 días.
Este documento lo firma electrónicamente en Córdoba, a 23 de octubre de 2020, el Diputado Delegado de Cohesión Territorial, Juan Díaz Caballero.