Boletín nº 211 (04-11-2020)

VIII. Otras Entidades

Patronato Provincial de Turismo
Córdoba

Nº. 3.469/2020

En virtud de Decreto de la Vicepresidencia firmado el 29 de octubre y con nº de resolución: 2020/00000102, se han aprobado las bases legales del sorteo EXPERIENCIAS TURÍSTICAS POR LA PROVINCIA DENTRO DE LA ACCIÓN: CÓRDOBA ES PROVINCIA, a organizar por el Patronato Provincial de Turismo de Córdoba, así como su remisión al B.O.P. para su publicación.

EXPERIENCIAS TURÍSTICAS POR LA PROVINCIA DENTRO DE LA ACCIÓN: CÓRDOBA ES PROVINCIA

Patronato Provincial de Turismo de Córdoba (en adelante PPTC), con domicilio en Avda. Ronda de los Tejares, nº 32-Acceso 2-3ª planta. 14001 Córdoba, va a llevar a cabo este proyecto:

1. Objetivo del Proyecto

Siguiendo el convenio de colaboración entre la empresa pública para la gestión del turismo y del deporte de Andalucía S.A. para este año 2020, el Patronato de Turismo de Córdoba, dentro de las acciones que están a cargo de Turismo Andaluz, vamos a llevar a cabo la acción Córdoba es provincia.

Sabiendo desde el PPTC, que de cara a poder retomar la actividad y la crisis que está suponiendo para el sector turístico en la provincia, la situación que estamos atravesando por la pandemia, mirando especialmente a la recuperación del mismo, pretendemos realizar esta acción que tiene como objetivo la promoción de la provincia de Córdoba a través del disfrute de experiencias turísticas en las comarcas cordobesas de (Pedroches, Valle del Guadiato, Sierra Morena, Subbética, Campiña Sur, Guadajoz-Campiña Este, Vega del Guadalquivir y Alto Guadalquivir), que serán entregadas a través de un sorteo dirigido al mercado nacional, para incentivar directamente el turismo en la provincia, colaborando con las empresas del sector a través de la contratación de sus servicios.

2. Presupuesto

El presupuesto estimado es de 30.000 €, IVA incluido, y viene recogido en el Anexo 1 dentro del convenio de colaboración con la empresa pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, s.a. como acciones especiales a su cargo, para el desarrollo de acciones de promoción y marketing de la provincia de Córdoba 2020.

3. Objeto y ámbito de actuación del sorteo

En concreto el PPTC va a realizar un Sorteo en Redes sociales de estas Experiencias turísticas por la provincia dirigidas al mercado nacional. Se trata de la adquisición de una noche de hotel con desayuno y cena para 2 personas además de un servicio complementario a realizar ( visita guiada, cata dirigida, ruta senderista, etc.)de entre las comarcas turísticas de (Pedroches, Valle del Guadiato, Sierra Morena, Subbética, Campiña Sur, Guadajoz-Campiña Este, Vega del Guadalquivir y Alto Guadalquivir).

4. Ámbito temporal, publicación y lugar de celebración

La participación en el concurso comenzará al día siguiente de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia con una duración de dos semanas.

El sorteo se efectuará en presencia del Secretario General de la Diputación Provincial de Córdoba en aras de certificar la veracidad y transparencia del procedimiento de este sorteo, siendo de carácter público en las instalaciones de la Diputación Provincial sujeta la asistencia del público a las normas que se dicten por las autoridades competentes para restringir la propagación del COVID-19.

El sorteo tendrá una duración de 2 semanas y estará publicado en las páginas y perfiles del Instagram y del Facebook del Patronato de Turismo:

@cordobaturismo.es www.facebook.com/cordobaturismopatronato.

5. Destinatarios

Podrán participar en el sorteo todas las personas físicas que cumplan todos los requisitos siguientes:

- Solo podrán participar aquellas personas mayores de edad.

- Los datos personales de los participantes deberán ser datos veraces.

- Residentes en España.

- Participar en el sorteo «Córdoba es Provincia» comentando en la publicación del sorteo tanto en facebook y/o Instagram.

- Aceptar las normas de participación y de protección de datos estipuladas en estas bases.

Un mismo participante no puede obtener más de un (1) premio, aunque puede participar en las 2 redes sociales en caso de tener cuenta en cada una de ellas. De esta manera, si durante el sorteo saliera premiado un participante que ya hubiera conseguido el premio por otra red social, el premio será entregado al concursante situado en segundo lugar en la categoría /red social que corresponda.

- No podrán participar en este concurso los empleados del PPTC.

- No podrán participar en el concurso las páginas o perfiles de Instagram de empresas.

6. Número de beneficiarios

Del sorteo del premio resultará un listado de la participación en Instagram y otro de Facebook que saldrá en el orden aleatorio que les otorgue la herramienta easypromo (www.easypromoapp.com).

El total de beneficiarios será de 150 personas.

7. Condiciones de participación y criterios de adjudicación

Los aspirantes pueden participar de forma gratuita en el sorteo cumpliendo estos requisitos:

PARA INSTAGRAM:

1. Mencionar a 3 amig@s en los comentarios.

2. Dar a Like a la publicación.

3. Seguir el perfil @cordobaturismo.es. 4.- Invitar a compartir en las historias.

PARA FACEBOOK:

1. Dar un me gusta a la publicación referida.

2. Escribir un Comentario a dicha publicación.

3. Dar a me gusta a la página cordobaturismo.

Del sorteo del premio resultarán 150 ganadores (75 de la participación en Facebook y otros 75 de la participación en Instagram), entre todos los participantes que hayan comentado y saldrán listados en el orden aleatorio que les otorgue la herramienta easypromo (www.easypromoapp.com).

8. Comunicación de los ganadores

8.1. Los ganadores se publicarán el día siguiente a las 2 semanas de duración del sorteo, por medio de un comentario en la publicación del sorteo, en la página de Instagram y del Facebook del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba:

@cordobaturismo.es y www.facebook.com/cordobaturismopatronato.

8.2. El PPTC contactará con los ganadores a través de mensaje privado de Instagram y/o facebook o vía correo electrónico: turismo@cordobaturismo.es.

Es imprescindible que el ganador cumpla las condiciones de participación.

8.3. A cada uno de los premiados se le hará llegar una notificación de la experiencia que le ha tocado y donde podrá disfrutarla de entre las comarcas turísticas recogidas en estas bases especificando plazo máximo de su consumo, que será hasta marzo de 2021. A su vez este deberá de acreditar a este PPTC mediante su D.N.I los requisitos recogidos en el punto 5 de estas bases.

8.4. En el caso de que en el plazo de cinco días naturales desde el anuncio y habiendo contactado previamente con el ganador por parte del PPTC, éste no reclamase el premio, se le otorgaría al primer ganador suplente, quien dispondría de tres días para confirmar la aceptación del mismo. Si éste tampoco reclamase el premio, se otorgaría al segundo con las mismas condiciones y así sucesivamente hasta tener un ganador o ganadora final que disfrute del premio.

9. Descalificaciones y penalizaciones

Si se evidenciase que cualquiera de los participantes no cumple con los requisitos exigidos en las Bases, o los datos proporcionados para participar no fueran válidos, su participación se considerará nula y quedarán automáticamente excluidos de la Promoción perdiendo todo derecho sobre los premios otorgados en virtud de esta Promoción.

10. Publicación de comentarios u opiniones

No se permitirán comentarios u opiniones cuyo contenido se considere inadecuado, que sean ofensivos, injuriosos o discriminatorios o que pudieran vulnerar derechos de terceros.

Tampoco ser permitirán comentarios contra un particular que vulneren los principios de derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. No nos responsabilizaremos de los daños ocasionados por los comentarios que hagan los participantes en la Promoción, y que en cualquier momento pudieran herir la sensibilidad de otros participantes.

11. Exoneración de responsabilidad

A título enunciativo, pero no limitativo, el PPTC no se responsabiliza a de las posibles pérdidas, robos, retrasos o cualquiera otra circunstancia imputable a terceros que puedan afectar al desarrollo de la presente Promoción, así como tampoco nos responsabilizamos a del uso que haga el participante respecto del premio que obtenga de esta Promoción.

No asumimos la responsabilidad en casos de fuerza mayor o caso fortuito que pudieran impedir la realización de la Promoción o el disfrute total o parcial del premio.

12. Protección y tratamiento de datos personales

12.1. Los nombres de los ganadores y suplentes se publicarán en las redes sociales del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba para dotar al concurso de mayor transparencia, por lo que la participación implica la aceptación de este punto.

12.2. A los efectos prevenidos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el PPTC le comunica que los datos personales recogidos a raíz de su participación en el presente sorteo formarán parte de un fichero automatizado titularidad del PPTC, con domicilio en Avda. Ronda de los Tejares ,nº 32-Acceso 2- 3ª planta. 14001 Córdoba, España, y que serán tratados por el PPTC, de acuerdo con la legislación vigente en materia de protección de datos personales, con la finalidad de gestionar las diferentes fases del presente concurso, así como para el envío de comunicaciones comerciales y/o promocionales que se consideren de su interés, por cualquier medio incluido el electrónico.

12.3. El PPTC podrá utilizar la imagen y/o identidad de los ganadores de la promoción a efectos publicitarios o acreditativos de la veracidad de la campaña, sin que ello implique recibir pago o contraprestación alguna. Al mismo tiempo, las personas agraciadas se comprometen a prestar su consentimiento expreso para que pueda utilizarse su nombre, voz o imagen para iguales fines, sin compensación alguna, con excepción de la entrega del premio ganado.

12.4. El PPTC, garantiza al participante en todo caso, la posibilidad de ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos, así como dejar de recibir comunicaciones por vía electrónica, notificándolo al PPTC, enviando un correo electrónico a la dirección de correo

turismo@cordobaturismo.es indicando claramente, nombre, apellidos y dirección postal completa.

12.5. El PPTC garantiza la adopción de las medidas oportunas para asegurar el tratamiento confidencial de dichos datos.

13. General

13.1. Si cualquiera de las condiciones anteriores resultara contraria a derecho, esta circunstancia no afectará al resto del contenido de las bases, permaneciendo éstas plenamente vigentes a los efectos oportunos.

13.2. El PPTC se reserva el derecho a introducir cambios en la mecánica o funcionamiento del sorteo en cualquier momento y/o finalizarlo de forma anticipada si fuera necesario por justa causa, sin que de ello pueda derivarse responsabilidad alguna y en la medida que no perjudique o menoscabe los derechos de los participantes en la Promoción. No obstante, estos cambios se comunicarán debidamente a través del perfil del concurso y en su caso otros medios.

13.3. El concurso no está patrocinado, avalado, administrado ni asociado en modo alguno a Instagram, ni facebook por lo tanto quedan excluidos de toda responsabilidad, no obstante, con la participación los usuarios estarán sujetos a las normas disponibles en www.Instagram.com y www.facebook.com

14. Otras normas

14.1. La simple participación en este concurso implica la aceptación de estas Bases en su totalidad y el criterio interpretativo del Patronato de Turismo en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada del presente concurso, por lo que la manifestación, en el sentido de no aceptación de las mismas, implicará la exclusión del participante y, como consecuencia de la misma, quedará liberada del cumplimiento de cualquier obligación contraída con él.

14.2. El PPTC no es responsable de las interrupciones o fallos en Internet, en la página, la red por cable, las redes de comunicaciones electrónicas, fallos de software o hardware ni por los posibles errores en la introducción y/o el procesamiento de respuestas, entregas o datos personales.

En caso de producirse problemas o incidencias de este tipo, la entidad organizadora, hará todo lo que esté en su mano para corregirlas lo antes posible, pero no puede asumir ninguna responsabilidad al respecto.

15. Legislación aplicable y jurisdicción

Estas Bases legales se regirán de conformidad con la ley española. Serán competentes para resolver cualquier reclamación o controversia que pudiera plantearse en relación con la validez, interpretación o cumplimiento de estas bases los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Córdoba.

En Córdoba, a 30 de octubre de 2020. Firmado electrónicamente: La Vicepresidenta, María Dolores Amo Camino.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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