Boletín nº 214 (09-11-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Hornachuelos

Nº. 3.537/2020

CONVOCATORIA DE AYUDAS A EMPRESAS DEL

MUNICIPIO QUE ASISTAN A FERIAS Y OTROS EVENTOS

PROMOCIONALES DURANTE EL AÑO 2020.

BDNS (Identif.): 531635

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/531635)

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DECRETO 2020/00001244, DE FECHA 30/10/2020, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A EMPRESAS DEL MUNICIPIO QUE ASISTAN A FERIAS Y OTROS EVENTOS PROMOCIONALES DURANTE EL AÑO 2020. AYUNTAMIENTO DE HORNACHUELOS

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://.www.pap.mihhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

1. Podrán ser beneficiarios las personas físicas y jurídicas que cumplan con la consideración de trabajador autónomo o microempresa (empresa que ocupa a menos de 10 trabajadores).

2. Todos los beneficiarios deberán cumplir con el requisito de no encontrarse en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. Los empresarios individuales y/o empresa que se acoja a la línea de ayuda tendrán que cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar radicados en Hornachuelos, es decir, tener el domicilio o sede social en el término municipal de Hornachuelos.

b) Estar en posesión de la licencia de apertura municipal o haber comunicado mediante registro en el Ayuntamiento de Hornachuelos DECLARACIÓN RESPONSABLE de apertura de establecimiento, y en el caso de que no se estuviera en posesión de la misma, y siempre que esté solicitada y pendiente de trámites, se podrá condicionar el pago de la subvención a la obtención definitiva de la licencia de apertura.

Segundo. Objeto

1. Las Bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza General reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Hornachuelos, aprobada en fecha 30 de marzo de 2006 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 116, de fecha 29 de junio de 2006, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Las presentes Bases tiene por objeto la regulación de la convocatoria y concesión de ayudas económicas a fin de colaborar en la financiación de las empresas radicadas en el término municipal de Hornachuelos, para asistencia y participación de ferias comerciales, muestras, mesas de contratación, así como otros eventos de carácter promocional.

3. Las subvenciones reguladas en estas Bases, se otorgarán para financiar los gastos generados a la asistencia a eventos promocionales, tales como, gastos de inscripción, alquiler del stand y/o mobiliario para feria, transporte de material, desplazamiento, etc.., debidamente justificados, no incluyendo material promocional, como carteles, folletos, merchandising, material audiovisual, así como otro tipo de promoción realizada a través de nuevas tecnologías.

4. Los eventos promocionales podrán tener carácter local, provincial, regional, nacional y/o internacional.

Tercero. Bases reguladoras

Las Bases de la Convocatoria de Ayudas a Empresas del Municipio que asistan a Ferias y otros Eventos Promocionales durante el año 2020. Ayuntamiento de Hornachuelos, se pueden consultar en la web del Ayuntamiento http://www.hornachuelos.es.

Cuarto. Importe

Cuantía: 3.000,00 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

A partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOP, hasta el 31 de diciembre de 2020.

Sexto. Otros datos

Las solicitudes deberán contener la documentación fijada en la Base 6ª de la Convocatoria.

Hornachuelos, 4 de noviembre de 2020. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, María del Pilar Hinojosa Rubio.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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