Boletín nº 215 (10-11-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Doña Mencía
Nº. 3.559/2020
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2.020, acordó aprobar inicialmente la modificación de las ordenanzas fiscales de esta Entidad reguladoras de los impuestos y tasas que seguidamente se relacionan:
- Ordenanza reguladora del Mmpuesto Municipal sobre Circulación de Vehículos de Tracción Mecánica.
- Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
- Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
- Tasa por la Escuela Municipal de Música.
Lo que se somete a información pública, a los efectos y en cumplimiento de lo que prevé el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, a fin de que, en el término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la inserción de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, las personas interesadas a que se refiere el artículo 18 de la citada Ley reguladora de las Haciendas Locales, puedan examinar el expediente de referencia, que se encuentra de manifiesto en las dependencias de la Secretaría-Intervención de este Ayuntamiento, y presentar, en su caso, las reclamaciones y/o sugerencias que consideren oportunas ante el Pleno de la Corporación.
En el caso de que no se formulen reclamaciones y/o sugerencias durante el periodo de exposición pública, el referido acuerdo plenario se considerará definitivo de conformidad con lo que dispone el artículo 17.3 in fine del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Doña Mencía a 5 de noviembre de 2020. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Salvador Cubero Priego.