Boletín nº 216 (11-11-2020)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 3.414/2020

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 349/2020. Negociado: IR

De: D. Rafael Hernández Ferrer y D. Jesús Antonio Gutiérrez Palomo

Abogado: D. José Gómez Fernández

Contra: Construcciones Febo&Fercan S.L., Proeza Corporativa S.L., Estructuras e Infraestructuras Corobesas S.L., Fercan Obras y Servicios S.L., Construcciones Febo & Fercan S.L., Estructuras e Infraestructuras Cordobesas S.L. y FOGASA

DOÑA OLGA RODRÍGUEZ CASTILLO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 349/2020 a instancia de la parte actora D. Rafael Hernández Ferrer y Jesus Antonio Gutiérrez Palomo contra Construcciones Febo& Fercan SL, Proeza Corporativa SL, Estructuras e Infraestructuras Corobesas Sl, Fercan Obras y Servicios SL, y FOGASA sobre Despidos/ Ceses en general se ha dictado Sentencia Nº 208/20 de fecha 13/10/2020, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimando la demanda de despido formulada por D. Rafael Hernández Ferrer y D. Jesús Antonio Gutiérrez Palomo contra Contrucciones Febo y Fercan S.L., Fercan Obras y Servicios S.L., Proeza Corporativa S.L. y Estructuras e Infraestructuras Cordobesas S.L., debiendo declarar y declarando que la extinción del contrato de trabajo con fecha 3/2/20 tiene la consideración de un despido improcedente y declarando a su vez la extinción de la relación laboral a fecha de la presente, condenando a las demandadas al abono de manera solidaria de las siguientes cantidades, más la costas del FD 7º de esta Sentencia:

SR. HERNÁNDEZ FERRER:

- Indemnización: 6.509,30 €.

- Salarios de tramitación: 15.821,66 €.

SR. GUTIÉRREZ PALOMO:

- Indemnización: 7.165.56 €.

- Salarios de tramitación: 17.416,78 €.

El FOGASA responderá de los conceptos, supuestos y límites legalmente previstos.

Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el término de cinco días hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado; advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir y no gozar de exención legal, deberá de consignar el importe de la condena en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Entidad B. Santander (con nº ES55 0049 3569 9200 0500 1274), y concepto 1446 0000 65 034920 y en la misma cuenta antes referida, la cantidad de 300 euros en concepto de depósito.

Así por esta mi Sentencia, de la que se unirá testimonio a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada Estructuras e Infraestructuras Corobesas S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 14 de octubre de 2020. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Olga Rodríguez Castillo.

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