Boletín nº 217 (12-11-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba

Nº. 3.486/2020

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA 2020/1076 DE 29 DE OCTUBRE DE 2020 POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES LOCALES DE

VILLAFRANCA DE CÓRDOBA EN EL AÑO 2020, POR EL

PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):

Primero. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, con sede en Villafranca de Córdoba, que desarrollen sus actividades en el municipio y que se encuentren debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones de la Junta de Andalucía.

Quedan excluidas de la presente convocatoria las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas que sean beneficiarias de una subvención nominativa por parte de este Ayuntamiento.

Segundo. Objeto

La subvención tiene por finalidad fomentar, ayudar e incentivar aquellos proyectos, acciones y conductas de las Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro locales que tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública, interés social o la promoción de una finalidad pública.

Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras de la concesión de esta subvención son las contendidas en el documento que figura como Anexo I aprobado por Resolución de Alcaldía 2020/1076, de 29 de octubre.

Cuarto. Cuantía de la ayuda

El importe máximo a conceder entre todas las subvenciones solicitadas será de DIEZ MIL QUINIENTOS EUROS (10.500,00 €), sin que exista un máximo unitario dentro de éste importe.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes se formularán conforme a los Modelos I, II y III que figuran anexos a la Convocatoria y deberán ir acompañados del resto de documentación exigida en esta convocatoria en el plazo de un mes desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Sexto. Otros datos

Deberán acompañarse a la solicitud los documentos y los Modelos que se adjuntan.

En Villafranca de Córdoba, a 31 de octubre de 2020. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Francisco Palomares Sánchez.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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