Boletín nº 219 (16-11-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montilla

Nº. 3.404/2020

Por Resolución de Alcaldía, de fecha 19 de octubre de 2020, se adoptó la siguiente resolución:

1. Desestimar la alegación presentada por Dña. Rosario Pizarro Zurita, por los motivos que constan en el informe emitido, del que se dará traslado como motivación de la presente resolución.

2. Ratificar el Proyecto de Reparcelación de la ARIT O2 Barrio de Santa María (UE 4) del Plan General de Ordenación Urbanística de Montilla, promovido por la Junta de Compensación de dicho sector.

3. Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de edictos del Ayuntamiento, así como notificarlo personalmente a la Junta de Compensación promo-tora del expediente y demás titulares de suelo en el ámbito del Proyecto de Reparcelación.

4. Una vez firme el presente acuerdo, protocolizar notarialmente el documento para su inscripción en el Registro de la Propiedad.

Contra la resolución transcrita, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso Potestativo de Reposición, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o acudir directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos, desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución. En caso de interponer recurso de reposición, no podrá acudir al contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o denegado por silencio por el transcurso de un mes sin recibir notificación desde la citada interposición, a partir de entonces, podrá acudir a la vía contencioso administrativa en el plazo de seis meses, todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Montilla, 21 de octubre de 2020. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Rafael Ángel Llamas Salas.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad