Boletín nº 219 (16-11-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 3.653/2020
Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 8 de octubre 2020, se adopto el acuerdo que a continuación se detalla de aprobación inicial de modificaciones de crédito del Presupuesto del año 2020.
Ha transcurrido el plazo establecido para su exposición pública comprendido entre los días 19 de octubre y 9 de noviembre, ambos inclusive, y no se ha presentado reclamación alguna contra el mismo; por ello, se eleva a definitivo conforme a lo dispuesto en el artículo 177.2 en relación con el 169 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, el siguiente:
Acuerdo nº 240/20
Primero: Aprobar inicialmente la modificación de crédito del Presupuesto del año 2020 mediante la concesión de un crédito extraordinario por importe de 29.500,00 euros en las aplicaciones que a continuación se detallan:
EMPLEOS:
Aplicación |
Denominación |
Importe |
Z E70 2317 48913 0 |
Coop. y Sold. Bancos Alimentos Medina Azahara |
29.500,00 |
TOTAL |
29.500,00 |
RECURSOS:
Concepto |
Importe |
Baja en la aplicación Z E70 2317 48910 0 Coop y Sold. Conv. y Colab. Ed. Desarrollo |
29.500,00 |
TOTAL |
29.500,00 |
Segundo: Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos, según determina el artículño 177.2 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y 38 del R.D. 500/90, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 171.1 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contra el anterior Acuerdo los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.P. y ello sin perjuicio de que puede ejecutar cualquier acción que se considere conveniente.
Córdoba, 12 de noviembre de 2020. Firmado electrónicamente: El Teniente de Alcalde de Hacienda, Urbanismo y Ordenación del Territorio y Vivienda, Salvador Fuentes Lopera (Decreto de Delegaciones núm. 5210/19 de 18 de junio). Vº Bº: El Secretario General del Pleno, Valeriano Lavela Pérez.