Boletín nº 220 (17-11-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Santaella

Nº. 3.566/2020

Por esta Alcaldía mediante Decreto nº 2020/000413, de 30 de noviembre, se ha resuelto lo siguiente:

En vista de la composición de la Corporación Municipal de Santaella resultante del Pleno celebrado con fecha 29 de octubre de 2020, y considerando necesaria la modificación de las delegaciones otorgadas entre los Concejales de esta Corporación y composición de la Junta de Gobierno Local, habiendo dando conocimiento de ello al Pleno corporativo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 20.1.c) de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, que establece como órgano necesario en los municipios que tengan población superior a 5.000 habitantes, y en los de menos en que así lo disponga su Reglamento Orgánico o lo acuerde el Pleno, la Junta de Gobierno Local, y el artículo 23 que dispone su composición por el Sr. Alcalde, que lo preside, y un número de Concejales no superior al tercio del número legal de los miembros de la Corporación, nombrados y separados libremente por el Alcalde, dando cuenta al Pleno.

Considerando necesario que por los diferentes Tenientes de Alcalde y Concejales de esta Corporación puedan llevar a cabo funciones y actividades desconcentradas de esta Alcaldía según se previene en los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, redistribuyendo las anteriormente delegadas.

En virtud de cuanto queda expuesto y con base en las facultades que a la Alcaldía le confieren el artículo 23 de la L.R.B.R.L. en relación con los artículos 43.2, 52 y 53 del R.D. 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, vengo en disponer:

Primero: Nombrar a los siguientes Concejales para integrar la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Santaella, como órgano colegiado y de carácter necesario, quedará integrada por esta Alcaldía, que la presidirá, y por los/as siguientes Concejales:

- Primera Teniente de Alcalde: Mª Ángeles García Rivas.

- Segunda Teniente de Alcalde: Isabel Mª Cantillo Obrero

- Tercera Teniente de Alcalde: Mª Pilar Pérez de La Lastra Jiménez.

Segundo: La Junta de Gobierno Local asumirá las funciones recogidas en el Decreto 2019/000277, de 19 de junio, en el que se dispone la organización, funciones y competencias de este Órgano municipal, estableciendo que las sesiones tengan una periodicidad de cada dos meses, celebrándose el primer lunes hábil de cada periodo en horario de mañana, así como las sesiones extraordinarias que sean necesarias.

Tercero: Nombrar Delegados y para las materias que se indican, a los siguientes Concejales:

" Primera Teniente de Alcalde: Mª Ángeles García Rivas.

- Representante de la Alcaldía en La Montiela.

- Formación.

- Deportes y Salud.

- Educación e Infancia.

- TIC (Tecnología de la Información y la Comunicación).

" Segunda Teniente de Alcalde: Isabel Mª Cantillo Obrero.

- Portavoz Grupo PSOE en Pleno Municipal.

- Gobernación (Seguridad, Tráfico y Protección Civil).

- Hacienda, Desarrollo Económico y Empleo.

- Recursos Humanos (RRHH).

- Cementerios.

" Tercera Teniente de Alcalde: Mª Pilar Pérez de la Lastra Jiménez.

- Representante de la Alcaldía en El Fontanar.

- Igualdad, Mayores y Servicios Sociales.

- Fiestas Populares.

- Participación Ciudadana.

" Natalia Perdigón Muñoz.

- Juventud, Medio Ambiente y Ecología, Parques y Zonas Verdes.

" Luis Mariano Estévez Palomino.

- Caminos Rurales, Agricultura y Zona Regable.

Cuarto: No delegar las materias de Comunicación y Promoción, Cultura, Turismo y Patrimonio Histórico, Urbanismo e Infraestructuras por ser las que directamente asumirá el Alcalde.

Quinto: Notificar el presente Decreto a los/as Concejales afectados, el cual surtirá efectos desde el día siguiente al de su firma y sin perjuicio de su publicación en el B.O.P. de Córdoba y en el tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

Sexto: Dar cuenta del presente Decreto al Pleno del Ayuntamiento en la sesión próxima que se convoque en cumplimiento del artículo 38 del R.O.F. y a los efectos de que conozca su contenido.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Santaella, a 4 de noviembre de 2020. Firmado electrónicamente: El Alcalde, José Álvarez Rivas.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad