Boletín nº 220 (17-11-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Fuente Palmera

Nº. 3.660/2020

ANUNCIO CONVOCATORIA SUBVENCIONES AMPAS 2020

BDNS (Identif.): 533019

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/533019)

ANUNCIO CONVOCATORIA SUBVENCIONES AMPAS 2020

Extracto de la Convocatoria de Subvenciones para Asociaciones de Madres y Padres de Fuente Palmera correspondientes al ejercicio 2020, aprobada mediante Decreto de Alcaldía 2173/2020 de 11 de noviembre, junto con las Bases reguladoras de la misma

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 de la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de datos Nacional de Subvenciones (http:/www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)

Primero. Beneficiarios

Tendrán la condición de beneficiarios de las subvenciones, las Asociaciones de Madres y Padres sin ánimo de lucro, debidamente inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Fuente Palmera.

Segundo. Presupuesto

La cuantía económica total de la presente convocatoria de subvenciones asciende a la cuantía de 7.500,00 €, y se corresponde con la Línea Estratégica 2 Actividades educativas del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Fuente Palmera para el ejercicio 2020, estando recogidas en el estado de gastos del presupuesto para la entidad en la aplicación presupuestaria 320 48002 Subvenciones actividades educativas AMPAS.

Tercero. Objeto, condiciones y finalidad de la convocatoria

Podrán presentarse para su financiación, aquellos gastos de naturaleza corriente derivados de las actividades propias de estas asociaciones, como pueden ser traslados a estudiantes, organización de cursos y talleres, diferentes actividades educativas, pedagógicas, culturales o deportivas para el curso escolar 2020/2021.

Los proyectos presentados deberán de perseguir la consecución de alguno de los objetivos estratégicos contenidos en el Plan estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Fuente Palmera, para el ejercicio 2020, para la Línea de Actuación 2 del mismo.

Podrán ser gastos objeto de la subvención los siguientes:

Actividades de formación y nuevas tecnologías.

Programas de autonomía personal y mejora de calidad de vida.

Actividades y talleres que supongan el mantenimiento de tradiciones.

Actividades que fomenten la igualdad de oportunidades.

Actividades de fomento y puesta en valor de las tradiciones del municipio.

Actividades de ocio y tiempo libre en el municipio de Fuente Palmera.

Actividades y proyectos que combatan el absentismo escolar.

Talleres de memoria, estimulación, fomento a la lectura, desarrollo cognitivo, teatro expresión corporal, educación física, musical, artística, entre otras.

Actividades de fomento del deporte, y de la actividad física al aire libre.

Actividades, viajes culturales, visitas y/o asistencias a museos y teatros.

Actividades de formación, cursos y talleres.

Jornadas, seminarios y conferencias.

Actividades de sensibilización: campañas informativas, folletos, etc.

Cualquier actividad o programa cuyo objetivo tenga un significado especial para la Asociación y quedando debidamente justificada su solicitud.

Podrán ser gastos objeto de la subvención los siguientes:

El equipamiento siempre que quede acreditado en el proyecto la justificación o necesidades del adquirir el mismo, y /o la imposibilidad de desarrollar dichas actividades sin dicho equipamiento.

Los Gastos de personal que se acreditarán mediante contratación (contrato,  nóminas, TC1 y TC2) o bien mediante prestación de servicios por parte de una empresa externa (factura).

Gastos de transporte, realizados a través de transporte público (factura). Apoyado en un certificado de participación o un calendario de actividad, realizado por la organización, o bien, gastos de desplazamiento mediante vehículo o vehículos propios o privados, siempre con el condicionante de 0,19 €/km.

Gastos de alojamiento obligatorios conforme al proyecto como consecuencia de actividades realizadas fuera de la localidad y de duración superior a un día que deberán presentarse junto a un calendario de la actividad.

Avituallamiento solido o líquido, necesidad de que dentro del proyecto queden perfectamente justificados con el fin perseguido. Como ejemplo, entrega de agua y fruta en el desarrollo de una carrera popular o ruta ciclista, desayuno saludable en una actividad con fines de salud y mejora de la calidad de vida, etc, en ningún caso se podrá destinar más del 20% de la cantidad concedida a  gastos de comidas a socios o peroles.

Quedan expresamente fuera de los objetos subvencionables, los gastos de funcionamiento y mantenimiento de sede, los gastos y comisiones financieras y los gastos derivados de sanciones administrativas

Gastos de servicios y/o suministro necesarios para la realización de las actividades

Material inventariable con un importe máximo del 40% del importe de la subvención concedida.

Cuarto. Bases reguladoras

Ordenanza general de Subvenciones del Ayuntamiento de Fuente Palmera (BOP 100, de 2 de junio de 2006), cuyo texto se puede consultar a través de la página Web del Ayuntamiento de Fuente Palmera (www.fuentepalmera.es).

Las Bases reguladora aprobadas mediante Resolución de Alcaldía nº 2173/2020, de 11 de noviembre, publicadas en la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuente Palmera a través del siguiente enlace: (www.fuentepalmera.es/sede)

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales desde la publicación del anuncio en el BOP de Córdoba. La presente convocatoria se publicará en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Fuente Palmera.

Sexto. Otros datos

La solicitud se acompañará de la documentación prevista en las Bases reguladoras de la Convocatoria aprobadas mediante Decreto de Alcaldía 2173/2020 y publicadas en la sede electrónica.

Fuente Palmera, 12 de noviembre de 2020. Firmado electrónicamente: Alcalde-Presidente en funciones, Enrique Pedro González Mestre.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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