Boletín nº 220 (17-11-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 3.673/2020

2ª CONVOCATORIA DE AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL 2020

BDNS (Identif.): 533163

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/533163)

Primero: Tipología de las ayudas económicas

Las ayudas que por esta convocatoria pueden concederse son:

- Ayudas de emergencia social: Son aquellas prestaciones económicas individualizadas destinadas a paliar contingencias extraordinarias que se puedan presentar a personas o unidades familiares y que deban ser atendidas con inmediatez.

Segundo: Personas beneficiarias

Podrán acceder a estas prestaciones las personas físicas o unidades familiares de convivencia con residencia en el municipio de Córdoba y que reúnan los requisitos que se establecen para este tipo de ayudas.

Tercero: Objeto

Es objeto de la presente convocatoria la apertura del procedimiento de concesión de ayudas económicas de emergencia social de la Delegación de Servicios Sociales, mediante el procedimiento de concesión directa, dadas las circunstancias excepcionales que reúnan las personas beneficiarias para acceder a este tipo de ayuda.

Cuarto: Bases reguladoras

Bases reguladoras del Programa de Ayudas Económicas de los Servicios Sociales Municipales.

URL:https://bop.dipucordoba.es/uploads/Bop/20180620/20180620_num2073.pdf?1529474802

La consulta de las bases de la convocatoria se podrá consultar también:

BASES DEL PROGRAMA DE AYUDAS ECONÓMICAS DE LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES

URL: https://ssm.cordoba.es/ otros-contenidos/m-subvenciones/subvenciones-ayudas-económicas-2019.

Quinto: Cuantías

Los importes destinados para las ayudas son los que se consignan en la aplicación presupuestaria, sin menoscabo de las eventuales modificaciones para el incremento del crédito inicial; importes que son, conforme a las previsiones a la fecha de publicación de esta Convocatoria:

Tipo

Importe

Partida

Ayudas de emergencia social

200.000,00 €

Z E10 2315 48006 0

Los importes de cada una de las ayudas, responderán a los siguientes criterios:

- Ayudas de Emergencia Social: Al ser consideradas este tipo de ayudas como una prestación económica no periódica extraordinaria, transitoria y no habitual y tener carácter finalista, el importe de las ayudas únicamente puede destinarse al objeto que motiva su concesión.

Sexto: Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se extiende desde el día siguiente de la publicación de este extracto en el BOP hasta el 1 de diciembre de 2020.

De manera excepcional, se podrá atender con presupuesto de esta Convocatoria aquellas solicitudes no resueltas por falta de crédito de la primera Convocatoria de Ayudas de Emergencia 2020.

La forma es la establecida en el Programa de Ayudas Sociales del Ayuntamiento de Córdoba, a través de concertación de cita con Trabajador/a Social del Centro de Servicios Sociales Comunitarios que corresponda según la residencia.

Séptimo: Otros datos

De conformidad con las bases de la convocatoria, en las Ayudas de emergencia social, al tener un carácter finalista, únicamente deben destinarse al objeto que motiva su concesión, motivo por el cual por su propia naturaleza son ayudas de pago anticipado, y cuyo gasto deberá ser justificado por la persona beneficiaria mediante factura original o documento de valor probatorio equivalente.

Córdoba a 13 de noviembre de 2020. Firmado electrónicamente: La Teniente Alcalde Delegada de Servicios Sociales e Igualdad, Eva María Timoteo Castiel.

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