Boletín nº 221 (18-11-2020)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 3.679/2020

Con fecha 12 de noviembre en curso, se dictó el siguiente Decreto, del que se dio cuenta al Pleno en sesión ordinaria celebrada el 19 de abril del mismo año del año en curso:

DECRETO

Mediante Resolución de la Presidencia de 22 de julio del año en curso se modificó el Decreto de 13 de enero sobre delegaciones genéricas y especiales en los/as Sres/as Diputados/as, en el sentido efectuar delegación de turismo en la Sra. Diputada Delegada de Asistencia Económica a los Municipios y Mancomunidades, D. M.ª Dolores Amo Camino.

Siendo necesaria la reestructuración del régimen de Delegaciones y en armonía con lo dispuesto en el art. los arts. 63 y siguientes del R.D. 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por el presente Decreto vengo en resolver:

Primero: Revocar la delegación de Turismo efectuada por la Presidencia en la Sra. Diputada provincial Dª. Dolores Amo Camino mediante Decreto n.º 3988 de 22 de julio.

Segundo: Delegar en la Sra. Diputada Dª. Inmaculada Silas Márquez la Delegación Especial de Turismo a quién corresponderá su dirección interna y gestión del servicio. La Delegación especial de conformidad con lo dispuesto en los artículos 63 y 64 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por R.D 2.568/86, de 28 de noviembre, no incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Tercero: Del presente Decreto que surtirá efecto desde el día de la fecha, deberá darse cuenta al Pleno corporativo a los efectos procedentes, debiendo llevarse a cabo la preceptiva publicación en el B.O.P.

Lo que se publica para general conocimiento y en cumplimiento de las determinaciones que, sobre esta materia, se contienen en el vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, Texto Articulado aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre.

Córdoba a 13 de noviembre de 2020. Firmado electrónicamente: El Secretario General, Jesús Cobos Climent.

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