Boletín nº 223 (20-11-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba

Nº. 3.633/2020

Extracto de Bases

Extracto de las Bases y Convocatoria de Subvenciones aprobada por Decreto de Alcaldía nº 1126 de fecha 7 de noviembre de 2020 por la que se convocan subvenciones destinadas a emprendedores del Programa Villafranca Emprende en régimen de concurrencia competitiva en el ejercicio 2020.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):

BDNS: 532309

Primero. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria:

" Empresas/Empresarios Constituidas/os que tengan su domicilio fiscal y desarrolle su actividad en Villafranca de Córdoba y se comprometan a la puesta en marcha de nuevas actividades empresariales en el plazo de seis meses a partir de la resolución de concesión de la subvención.

" Nuevas actividades que se hubiesen establecido en Villafranca desde el 1 de enero de 2020 o que deseen implantarse en el término de Villafranca de Córdoba, comprometiéndose a la puesta en marcha de la nueva actividad en los seis meses siguientes al otorgamiento de la subvención.

Quedan excluidos quienes hayan sido beneficiarios de las Ayudas extraordinarias a autónomos y empresas para paliar los efectos económicos y sociales ocasionados como consecuencia de la pandemia Covid-19 o de la subvención "Villafranca Emprende 2019".

Segundo. Objeto

La subvención tiene por finalidad el fomento, impulso y apoyo a nuevas actividades económicas, empresariales e iniciativas de autoempleo a través de la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, que se instalen, desarrollen o generen empleo estable en Villafranca de Córdoba.

Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras de la concesión de esta subvención son las contendidas en el documento que figura como Anexo I aprobado por Decreto de Alcaldía nº 1126 de fecha 7 de noviembre de 2020.

Cuarto. Cuantía de la ayuda

El importe máximo a conceder entre todas las subvenciones solicitadas será de VEINTE MIL EUROS (20.00,00 €), sin que se puedan superar los 2.000€ por proyecto.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes se formularán según los Modelos I, II, III y IV que figuran adjuntos a la Convocatoria y deberán ir acompañados del resto de documentación exigida en esta convocatoria en el plazo de UN MES desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

En Villafranca de Córdoba, a 10 de noviembre de 2020. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Francisco Palomares Sánchez.

Aviso jurídico

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