Boletín nº 224 (23-11-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villanueva del Rey
Nº. 3.727/2020
En cumplimiento del artículo 169.1 por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace público para general conocimiento que ha quedado aprobado definitivamente, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de esposición pública legal establecido, el Expediente 5/2020 de modificación del Presupuesto Municipal 2020 mediante Transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal. Dicho Expediente ha sido aprobado inicialmente por el Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 14 de octubre de 2020 y expuesto al público en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento y en Boletín Oficial de la Provincia número 202 de fecha 21 de octubre de 2020.
PRESUPUESTO DE GASTOS
ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación |
Descripción |
Importe |
171.61900 |
Recuperación pozos, pilares y abrevaderos |
1.977,33 |
171.62402 |
Adquisición vehículo |
13.900,00 |
231.22699 |
Proyecto de Igualdad |
2.400,00 |
TOTAL |
18.277,33 |
BAJAS EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación |
Descripción |
Importe |
920.12003 |
Retribuciones básicas Administrativo |
10.705,34 |
920.12100 |
Complemento Destino Funcionarios Administración General |
6.000,00 |
920.12101 |
Complemento Específico Funcionarios Administración General |
1.571,99 |
TOTAL |
18.277,33 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985 y en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Villanueva del Rey a 17 de noviembre de 2020. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Andrés Morales Vázquez.