Boletín nº 224 (23-11-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 3.752/2020

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada con fecha diecisiete de noviembre de dos mil veinte, adoptó el siguiente acuerdo:

Con fecha 13 de mayo de 2019, el Pleno de este Excmo Ayuntamiento acordó Iniciar expediente para acordar la gestión directa del Ciclo Integral del Agua que en la actualidad se presta por la empresa mixta Aguas de Priego, S.L por salida del socio tecnológico de la misma y Constituir una Comisión de Estudio para la elaboración, en un plazo lo más breve posible y no superior a tres meses, de la Memoria justificativa a la que hace referencia el artículo 97 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y los artículos 59 y ss. del Reglamento de Servicio de las Corporaciones Locales en la que se justifique, en su caso, la conveniencia para los intereses públicos de la gestión directa del Servicio Público Municipal de gestión del Ciclo Integral del Agua mediante empresa pública de capital íntegramente municipal, Aguas de Priego, S.L.(..../...)

En base a lo anterior, con fecha 7 de agosto de 2019, el Ayuntamiento Pleno acuerda designar los integrantes de la Comisión de Estudio encargada de redactar la memoria justificativa de los aspectos sociales, jurídicos y económicos para el cumplimiento de la finalidad señalada, en los términos del artículo 97 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y los artículos 59 y ss. del Reglamento de Servicio de las Corporaciones Locales artículo 85 de la Ley 7/85, de 2 de abril reguladora de las bases del Régimen Local .

Con fecha 6 de noviembre de 2020, la Comisión de Estudio dio por concluidos los trabajos consistentes en la redacción de memoria justificativa en sus aspectos técnicos, jurídicos, económicos y sociales para la determinación de la forma más sostenible y eficiente de gestión directa del ciclo integral del agua en Priego de Córdoba e informe de viabilidad de la gestión del ciclo integral del agua en el municipio de Priego de Córdoba mediante sociedad mercantil local conforme al artículo 97 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y los artículos 59 y ss. del Reglamento de Servicio de las Corporaciones Locales artículo 85 de la Ley 7/85, de 2 de abril reguladora de las bases del Régimen Local , en su redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, habiendo sido aprobado por unanimidad de los miembros presentes.

Con fecha 10 de noviembre de 2020 se emite Informe de la Intervención municipal al que se refiere el artículo 85.2 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. en que se concluye que el expediente es sostenible y no pone en riesgo la sostenibilidad de la Hacienda Municipal.

Se incorpora el borrador de estatutos de la Sociedad Municipal de capital íntegramente Local encargada de la gestión directa del ciclo integral del agua en el municipio de Priego de Córdoba.

Con fecha 11 de noviembre de 2020, habiéndose incorporado el Informe anteriormente referido emitido por la intervención Municipal y el borrador de los estatutos, la Comisión de Estudio aprueba con el voto favorable por mayoría absoluta la memoria justificativa jurídico social y económica - financiera sobre la determinación más conveniente, más sostenible y eficiente, del cambio de gestión del servicio del ciclo Integral del Agua, pasando a una gestión directa mediante sociedad mercantil íntegramente municipal e informe de viabilidad y con todos los documentos que la integran, quedando anexionados los estatutos y elevándose al Pleno para su toma en consideración y la tramitación legalmente establecida conforme al artículo 97 del Real Decreto 781/86, de 18 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local.

Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Presidencia, transparencia y buen gobierno, hacienda, recursos humanos y desarrollo socio-económico, el Ayuntamiento Pleno toma en consideración la memoria justificativa jurídico social y económica - financiera sobre la determinación más conveniente, más sostenible y eficiente, del cambio de gestión del servicio del ciclo Integral del Agua, pasando a una gestión directa mediante sociedad mercantil íntegramente municipal e informe de viabilidad, con todos los documentos que la integran, quedando anexionados los estatutos, procediendo a exponer al público por plazo no inferior a 30 días naturales en el BOP Córdoba, durante los cuales podrán formular observaciones los particulares y Entidades.

Priego de Córdoba, 18 de noviembre de 2020. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa-Presidenta, María Luisa Ceballos Casas.

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