Boletín nº 232 (03-12-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 3.928/2020
Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día 22 de octubre 2020, se adoptó el acuerdo que a continuación se detalla de aprobación inicial de modificaciones de crédito del Presupuesto del año 2020.
Ha transcurrido el plazo establecido para su exposición pública comprendido entre los días 06 de noviembre y 26 de noviembre, ambos inclusive, y no se ha presentado reclamación alguna contra el mismo; por ello, se eleva a definitivo conforme a lo dispuesto en el artículo 177.2 en relación con el 169 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, el siguiente:
Acuerdo nº 258/20
Primero: Aprobar inicialmente la modificación de crédito del Presupuesto del año 2020 mediante la concesión de un Suplemento de Crédito por importe de 400.000,00 euros en las aplicaciones que a continuación se detallan:
EMPLEOS:
APLICACIÓN |
DENOMINACIÓN |
IMPORTE |
Z C41 3340 63200 0 |
Cultura. Inversiones en Edificios y Colegios (2016 2 Cultu 334) |
400.000,00 € |
TOTAL |
400.000,00 € |
RECURSOS:
CÓDIGO |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE |
Z C41 3343 63200 0 |
Cultura. Inv. Edif. y Colegios (2018 2 Cultu 334) |
170.125,10 € |
Z C41 3343 62300 0 |
Cultura. Maqu. Inst. y Utillaje (2018 2 Cultu 334) |
40.903,78 € |
Z C44 3330 62900 0 |
Museo. Otras Inv. Nuevas (2018 2 Museo 333) |
43.045,80 € |
Z C44 3330 62300 0 |
Museo. Maqu. Inst. Y Utillaje (2016 2 Museo 333) |
145.925,32 € |
TOTAL |
400.000,00 € |
Segundo: Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos, según determina los artículos 177.2 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y 38 del R.D. 500/90, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.
Acuerdo nº 256/20
Primero: Aprobar inicialmente la modificación de crédito del Presupuesto del año 2020 mediante la concesión de un crédito extraordinario por importe de 3.500.000,00 euros en las aplicaciones que a continuación se detallan:
EMPLEOS:
APLICACIÓN |
DENOMINACIÓN |
IMPORTE |
Z B33 4411 44909 0 |
AUCORSA. Transferencia Mayor Déficit COVID |
2.500.000,00 € |
Z B33 1621 44909 0 |
SADECO. Transf. Mayores Gastos COVID. |
1.000.000,00 € |
TOTAL |
3.500.000,00 € |
RECURSOS:
APLICACIÓN |
DENOMINACIÓN |
IMPORTE |
H00 410 00 |
Hacienda. Transf. Organismos Autónomo. Remanente Libre Disposición |
3.500.000,00 € |
TOTAL |
3.500.000,00 € |
Segundo: Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos, según determina los artículos 177.2 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y 38 del R.D. 500/90, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones. No obstante, de conformidad con el artículo 177.6 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, que el presente Acuerdo sea inmediatamente ejecutivo al objeto de evitar mayores perjuicios a la Sociedad AUCORSA y a los terceros que se verían afectados por la falta de liquidez de la empresa.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 171.1 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contra el anterior Acuerdo los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.P. y ello sin perjuicio de que puede ejecutar cualquier acción que se considere conveniente.
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