Boletín nº 233 (04-12-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Fuente Palmera
Nº. 3.941/2020
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO 2020 MEDIANTE TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS ENTRE APLICACIONES PRESUPUESTARIAS PERTENECIENTES A DIFERENTES ÁREAS DE GASTO.
Don Francisco Javier Ruiz Moro, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuente Palmera (Córdoba), hace saber:
Que en cumplimiento del artículo 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el período de información pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 28 de octubre de 2020, sobre el expediente de modificación de créditos número 6148/2020 del Presupuesto del ejercicio 2020, en la modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones presupuestarias pertenecientes a diferentes áreas de gasto, que se hace público resumido por capítulos:
Altas en Aplicaciones de Gastos
CÓDIGO |
DENOMINACIÓN |
IMPORTE |
912 48201 |
Aportaciones Grupos Politicos |
11.650 € |
454 21000 |
Caminos Vecinales |
15.000 € |
920 22699 |
Otros Gastos Diversos Covid 19 |
51.994,95 € |
454 61907 |
Caminos Vecinales. Rehabilitación de Caminos |
6.005,05 € |
920 22798 |
Trabajos Realizados por otra Empresa (Cont. Plan Estrategico) |
18.500 € |
TOTAL |
103.150 € |
Bajas en Aplicaciones de Gastos.
CÓDIGO |
DENOMINACIÓN |
IMPORTE |
132 12199 |
Retribuciones Complementarias Funcionarios |
-11.650,00 € |
920 12199 |
Retribuciones Complementarias Funcionarios |
-15.000 € |
338 22625 |
SGAE |
-1.500,00 € |
334 22699 |
Verano Educativo |
-5.000,00 € |
338 22620 |
Fiestas Populares Fte Palmera |
-45.000,00 € |
338 22623 |
Fiestas Populares Aldeas |
-25.000,00 € |
TOTAL |
103.150 € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Fuente Palmera (Córdoba), 1 de diciembre de 2020. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Francisco Javier Ruiz Moro.