Boletín nº 235 (10-12-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Bujalance
Nº. 3.965/2020
Por Resolución de Alcaldía número 2020/00001599, de fecha 2 de diciembre de 2020, se ha aprobado la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2020, según el siguiente detalle:
PERSONAL FUNCIONARIO
Escala de Administración General:
Grupo |
Subgrupo |
Clasificación |
Nº Vacantes |
Denominación |
Acceso |
A |
A2 |
Subescala de Gestión |
1 |
Técnico/a de Administración de Grado Medio. Negociado de Información y Atención al Ciudadano |
Concurso-Oposición |
C |
C1 |
Subescala Administrativa |
1 |
Administrativo/a de Gestión Económica |
Oposición |
C |
C2 |
Subescala Subalternos |
1 |
Ordenanza |
Oposición |
Escala de Administración Especial:
Grupo |
Subgrupo |
Clasificación |
Nº Vacantes |
Denominación |
Acceso |
A |
A2 |
Subescala Técnica |
1 |
Ingeniero/a Técnico de Obras Públicas |
Concurso-Oposición |
C |
C1 |
Subescala de Servicios Especiales |
1 |
Oficial Policía Local |
Promoción Interna |
C |
C1 |
Subescala de Servicios Especiales |
2 |
Policía Local |
Oposición |
PERSONAL LABORAL: No procede.
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo a los interesados que contra dicha Resolución podrán interponer recurso potestativo de reposición ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También podrán interponer alternativamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Córdoba, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En caso optar por la interposición del recurso de reposición no podrán interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya notificación la resolución expresa del recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la notificación, fecha en que podrá entenderse desestimado por silencio administrativo.
En Bujalance, a 2 de diciembre de 2020. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Elena Alba Castro.