Boletín nº 236 (11-12-2020)
IV. Junta de Andalucia
Delegación del
Gobierno en Córdoba
Secretaría General Provincial de la Consejería de
Hacienda y Financiación Europea
Nº. 3.975/2020
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN CÓRDOBA POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN.
Expte. AT 17/2020
ANTECEDENTES:
PRIMERO: La entidad Eléctrica Belmezana SA solicita ante esta Delegación, la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción para las instalaciones eléctricas de alta tensión recogida en el proyecto denominado: Instalación de nuevo punto de entrega para el suministro eléctrico a la empresa distribuidora Eléctrica Belmezana SA, en el término municipal de Belmez (Córdoba).
SEGUNDO: En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades y preceptos legales aplicables y en concreto los trámites previstos en el Título VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en el Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía (BOJA nº 22 de 2 de febrero de 2011), en este sentido se ha realizado la información pública del proyecto técnico en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba y en el portal de la transparencia de la Junta de Andalucía de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.1. de la ley 1/2014, de 24 de junio, sin que se produjesen alegaciones en el plazo legalmente establecido.
TERCERO: Por técnico perteneciente al Departamento de Energía de esta Delegación, ha sido emitido informe favorable, referente a la Autorización Administrativa Previa y Aprobación Administrativa de Construcción del Proyecto citado, suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO: Esta Delegación es competente para la tramitación y resolución del presente expediente, según lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes, y demás concordantes, de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en relación con los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/82, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, así como la Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas por la que se delegan determinadas competencias en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general ampliación, el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación, PROPONE:
Conceder la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción a Eléctrica Belmezana SA para la construcción de aquellas instalaciones que según el proyecto presentado discurren por suelo no urbano y cuyas principales características se describen a continuación:
-Línea eléctrica.
Emplazamiento: Paraje "Las Erillas", Polígono 9, parcelas 74 y 75.
Término municipal: Belmez (Córdoba).
Tensión (kV): 15.
-Tramo aéreo doble circuito.
Origen: Apoyo A552511 línea doble circuito Belmez Espiel de Subestación Peñarroya.
Final: Apoyo nuevo nº 1.
Longitud (Km.): 0,015.
Conductores: 94 1/22 ST1A.
-Tramo subterráneo doble circuito.
Origen: Apoyo nuevo nº 1.
Final: Celdas de linea de nuevo centro de seccionamiento.
Longitud (Km.): 0,080.
Conductores: RH5Z1 Al 3(1x 240) 12/20 kV.
-Tramo subterráneo línea simple circuito.
Origen: Celda de línea en centro de medida con aislamiento y corte en SF6.
Final: Celda de linea en antiguo centro de medida.
Longitud (Km.): 0,376.
Conductores: RH5Z1 Al 3(1x 240) 12/20 kV.
-Centro de seccionamiento /entrega y medida.
Emplazamiento: Paraje "Las Erillas", Polígono 9, parcela 75.
Tensión: 15 kV.
Tipo: Caseta interior prefabricada.
Aparamenta de centro de seccionamiento y entrega: Dos celdas de línea y una celda de seccionamiento y corte telemandadas y una celda energizada, con aislamiento y corte en SF6.
Aparamenta de centro de medida: Celda de protección con corte automático, celda de medida y celda de protección de línea con aislamiento y corte en SF6.
Esta Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece y las especiales siguientes:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de 24 meses contados a partir de la presente resolución.
3. Esta autorización se otorga sin perjuicio de las demás concesiones o autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables por otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas esta Delegación.
4. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y Resolución de Puesta en Servicio. Se adjuntará a la solicitud el certificado de dirección final de obra suscrito por técnico competente y el certificado de la empresa instaladora de alta tensión que ha ejecutado la instalación.
5. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
6. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
7. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
PROPUESTO:
El Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas. Fdo. Ángel Antonio Bravo Molina.
Vista la anterior propuesta de resolución, esta Delegación resuelve elevarla a definitiva:
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación/notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
RESUELVE:
Córdoba, 26 de noviembre de 2020. Firmado electrónicamente por el Delegado del Gobierno, Antonio Repullo Milla.