Boletín nº 236 (11-12-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Doña Mencía

Nº. 3.979/2020

Esta Alcaldía-Presidencia, mediante Resolución 2020/00000507 dictada el día 3 de diciembre de 2020, ha resuelto convocar las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de una plaza vacante en la plantilla de personal laboral de este Ayuntamiento, de Oficial/a de Jardinería, así como aprobar las correspondientes Bases reguladoras que a continuación se transcriben de forma íntegra:

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE PERSONAL LABORAL FIJO DE OFICIAL/A DE 1ª DE JARDINERIA EN EL AYUNTAMIENTO DE DOÑA MENCIA.

-OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Es el objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante el sistema de acceso de turno libre y a través del procedimiento de selección de concurso-oposición de una plaza vacante en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Doña Mencía, de Oficial/a de 1ª de Jardinería.

Teniendo en cuenta que las funciones encomendadas al puesto objeto de la presente se consideran esenciales para la prestación de los servicios públicos de este Ayuntamiento, resulta necesaria la cobertura del citado puesto.

La convocatoria se realiza en desarrollo de la ampliación de la Oferta de Empleo Público de la Entidad del ejercicio 2019, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado en sesión ordinaria que tuvo lugar el día 12 de Diciembre de 2019, y luego objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 241/2019, de 20 de Diciembre.

Las bases de la presente convocatoria, así como todos sus anexos, relación de las personas aspirantes admitidas y excluidas, provisionales y definitivas, podrán consultarse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Doña Mencía.

-CONDICIONES DE ADMISIÓN DE ASPIRANTES

Para poder participar en el proceso selectivo será necesario reunir, antes de que finalice el plazo para la presentación de solicitudes, los requisitos establecidos en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:

1. Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la plaza convocada.

3. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

4. Estar en posesión de la titulación exigida:

-Estar en posesión del título académico de FP1 de Técnico en Jardinería o equivalente.

-Estar en posesión del permiso de conducir del tipo B y de las autorizaciones y cursos que habiliten la utilización de plataforma elevadora.

-Estar en posesión del carné de aplicador de productos fitosanitarios o titulación habilitante conforme a lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.

5. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido objeto de separación o inhabilitación. En el caso de que la persona aspirante sea nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

6. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones.

-FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo habrán de presentar instancia-solicitud (Anexo II), dirigida al Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Doña Mencía, en la que manifiesten reunir todos y cada uno de los requisitos establecidos en las presentes bases.

La instancia solicitando participar en el proceso selectivo se presentará en el Registro General del Ayuntamiento, o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, así como en la página web del Ayuntamiento, www.donamencia.es. Será requisito necesario para ser admitido/a en la convocatoria que los/as aspirantes manifiesten en dicha solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos por la convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes.

La solicitud deberá ir acompañada de:

-Currículum vitae.

-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

-Fotocopia del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.

-Fotocopia del permiso de conducir del tipo B.

-Fotocopia de las autorizaciones y cursos que habiliten la utilización de plataforma elevadora.

-Fotocopia del carné de aplicador de productos fitosanitarios o titulación habilitante.

-Certificaciones y documentos justificativos de los méritos alegados por los/as interesados/as para su valoración en la fase de concurso.

No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no presentados ni justificados dentro del plazo de presentación de instancias.

Los aspirantes discapacitados deberán hacerlo constar en la solicitud, con el fin de hacer las adaptaciones de tiempo y medios necesarios, para garantizar la igualdad de oportunidades con el resto de los aspirantes.

A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de la tasa por derecho de examen que establece la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de Exámenes correspondiente al grupo C2 del personal funcionario o laboral fijo, fijada en 25 euros. Dicha cantidad podrá ser abonada en cualquiera de las cuentas de titularidad municipal en las entidades bancarias colaboradoras del Ayuntamiento que se detallan a continuación.

Cuentas del Ayuntamiento en entidades bancarias para el abono de los derechos de examen.

ENTIDAD

CUENTA

CAJASUR BANCO S.A.U.

ES07 0237 0023 7091 51177028

BANCO SANTANDER S.A.

ES58 0030 4021 3203 75101273

Los errores de hecho que se adviertan en las solicitudes podrán ser subsanados, en cualquier momento, de oficio, o a petición de las personas interesadas.

-ADMISIÓN DE ASPIRANTES

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as y las causas de exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en su página web, se señalará un plazo de diez días hábiles para la subsanación.

Finalizado el plazo de subsanaciones, también mediante resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de personas admitidas y excluidas, que igualmente será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento así como en su página web.

En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio del proceso selectivo, así como la designación de quienes compondrán el Tribunal.

El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en su página web.

-TRIBUNAL CALIFIC

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