Boletín nº 237 (14-12-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Cabra

Nº. 3.939/2020

El Alcalde de esta ciudad, hace saber:

Que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de octubre de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar inicialmente el REGLAMENTO DE USO DE LOS TOTEM CON PANTALLA VERTICAL UBICADOS EN EL CENTRO COMERCIAL ABIERTO DE LA CIUDAD DE CABRA cuyo tenor literal aparece como anexo al presente anuncio.

SEGUNDO: Someter el Expediente a Información Pública y Audiencia a los interesados por el plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

TERCERO: En caso de que no se presente ninguna reclamación o sugerencia se entenderá definitivamente adoptado el presente acuerdo quedando facultado expresamente el Sr. Alcalde-Presidente para su publicación y ejecución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Cabra, 1 de diciembre de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Fernando Priego Chacón.

ANEXO

REGLAMENTO DE USO DE LOS TOTEM CON PANTALLA VERTICAL UBICADOS EN EL CENTRO COMERCIAL ABIERTO DE LA CIUDAD DE CABRA.

1. INTRODUCCIÓN

Aprovechando la convocatoria de ayudas a centros comerciales abiertos de 2018 por parte de la Consejería de Comercio de la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento de Cabra solicitó esta actual forma de señalizar el Centro Comercial Abierto. Asimismo, la idea que se plasma en el proyecto original pretende dar un espacio gratuito a los comerciantes del Centro Comercial Abierto con objeto de dar visibilidad a sus ofertas puntuales y dinamizar el comercio local.

2. OBJETIVOS

Los objetivos que persigue la instalación de estos tótems informativos basados en tecnología TFT son los siguientes:

-Incorporar al Centro Comercial Abierto elementos actuales que den cuenta de la apuesta por un comercio moderno y de vanguardia, competitivo con otros CCA y superficies comerciales.

-Dar un espacio GRATUITO a nuestros comerciantes con el objeto de poner a la vista de la ciudadanía sus ofertas en productos y/o servicios.

-Instaurar un elemento de comunicación telemática más donde incorporar campañas genéricas de índole comercial, institucionales, de concienciación y de recomendaciones o consejos relacionados con el consumo o interés general.

3. PROTOCOLO. TEMPORALIDAD

Los anuncios serán canalizados desde Asociación de Empresarios y Comerciantes de Cabra y el Centro Comercial Abierto, siendo insertados desde las oficinas de la Delegación de Comunicación y Nuevas Tecnologías con el visto bueno de la Delegación de Comercio.

Los anuncios se enviarán entre los días 1 al 5 de cada mes y se insertarán, salvo error de software, hardware o comunicación, entre los días 10 al 15 de cada mes. Los días no laborables o festivos no computarán a efectos de modificación de contenidos, por lo que pudieran surgir retrasos debido a la coincidencia con los mismos

Cada Comercio podrá modificar el anuncio una vez al mes.

4. CONTENIDOS

Los contenidos enviados por los comercios serán de la siguiente índole:

-Ofertas en productos.

-Descuentos en Servicios.

-Promociones especiales ligadas a campañas puestas en marcha desde AECA en colaboración con el Ayuntamiento de Cabra (Noche y Compras, Navidad, San Valentín&)

Los contenidos no serán expuestos en cualquiera de los siguientes casos:

-Cuando el anuncio incite de forma explícita al consumo de alcohol, tabaco, drogas o a las apuestas o juegos de azar (sean online o en local).

-No se permitirán anuncios atemporales o la repetición del mismo anuncio dos meses consecutivos. Es decir, siempre se debe anunciar una o oferta o promoción en producto o servicio, como se expone en este mismo apartado.

-Cuando el anuncio tenga contenido sexual.

-Cuando el contenido del anuncio tenga connotaciones sexistas o de discriminación por sexo, raza, credo o condición sexual.

-Cuando el contenido del anuncio contemple algún tipo de LGTBIFOBIA.

5. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS ANUNCIOS

5.a) Anuncios estáticos.

Se enviarán anuncios en vertical de 1920px de alto por 1080 píxeles de ancho. Éstos se mantendrán expuestos en la secuencia durante 15 segundos.

Se recomienda un diseño limpio, con letras legibles y de tamaño suficiente para ser visualizadas a distancia.

5.b) Anuncios dinámicos.

Se enviarán anuncios en vertical de 1920px de alto por 1080 píxeles de ancho. Éstos tendrán una duración de máxima de 22 segundos. Se dejará 1 segundo al inicio y 1 segundo al final sin información relevante con objeto de realizar las transiciones con otros anuncios.

El anuncio se enviará en formato MP4 (H264) no excediendo los 30 mb.

Se recomienda un diseño limpio, con letras legibles y de tamaño suficiente para ser visualizadas a distancia.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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