Boletín nº 238 (15-12-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Cabra
Nº. 4.061/2020
El Alcalde de esta Ciudad hace saber:
Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 25 de mayo de dos mil veinte, acordó aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito número 15/2020 (Expediente nº 3/2020 de suplemento de crédito) financiado con cargo al Remanente de Tesorería para Gastos Generales, y el expediente de modificación del Anexo de Inversiones del Presupuesto de esta Entidad para el presente ejercicio, cuyo plazo de exposición pública ha finalizado sin reclamación alguna, por lo que se consideran aprobados definitivamente.
En cumplimiento del artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se procede a la publicación de las referidas modificaciones del presupuesto:
-Expediente de modificación de crédito núm 15/2020 (Expediente nº 3/2020 de suplemento de crédito):
Alta en Aplicación Presupuestaria de Gasto
APLICACIÓN |
DENOMINACIÓN |
EUROS |
0110-91300 |
Amortiz. préstamos entes fuera sector público: Deuda Pública |
543.755,90 |
TOTAL |
543.755,90 |
Esta modificación se financia con cargo a Remantes de Tesorería para Gastos Generales, en los siguientes términos:
APLICACIÓN |
DENOMINACIÓN |
EUROS |
87000 |
Remanente de Tesorería para Gastos Generales |
543.755,90 |
TOTAL |
543.755,90 |
-Expediente de modificación del Anexo de Inversiones del Presupuesto de esta Entidad para el presente ejercicio:
Aplicación |
Descripción |
Importe Préstamo |
Observaciones |
|
Progr. |
Económ. |
|||
3363 |
62706 |
Puesta en Valor Cerro Merced:Arqueología |
105.000,00 € |
Modificación de la finalidad del préstamo inicialmente previsto en el Presupuesto 2020. |
3363 |
62710 |
Puesta en Valor Cerro Merced 2020:Arqueología |
20.000,00 € |
Partida de nueva creación: Crédito a nivel de vinculación jurídica. |
Las personas y entidades debidamente legitimadas, de conformidad con lo previsto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrán interponer Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de dicha Jurisdicción. Todo ello sin perjuicio de que se ejercite, en su caso, cualquier otro recursos que se estime procedente.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos.
Cabra, 10 de diciembre de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Fernando Priego Chacón.