Boletín nº 243 (22-12-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Palma del Río
Nº. 4.135/2020
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 15 de diciembre de 2020, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
SEGUNDO. APROBACIÓN DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL AÑO 2020 DEL ILTRE. AYUNTAMIENTO DE PALMA DEL RÍO.
Antecedentes.
Teniendo en cuenta lo establecido en el art. 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Visto el Acuerdo de la Mesa General de Negociación de fecha 25 de noviembre de 2020, sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público 2020.
Visto los informes emitidos al respecto, por la Jefa del Negociado de Recursos Humanos de fecha 10 de diciembre de 2020 y el Sr. Interventor de Fondos de fecha 11 de diciembre de 2020.
Los asistentes, por unanimidad, con 8 votos a favor, que supone la mayoría exigida legalmente, acuerdan:
PRIMERO. Aprobar la Oferta de Empleo Público para el año 2020 del Iltre. Ayto. de Palma del Río, de personal funcionario, en los términos siguientes:
PERSONAL FUNCIONARIO PROMOCIÓN INTERNA
DENOMINACION |
Grupo Profesional |
Escala |
Subescala |
Observaciones |
OFICIAL POLICIA LOCAL |
C1 |
Administración Especial |
Servicios Especiales |
SEGUNDO. Publicar el presente acuerdo en el Tablón de Anuncios Electrónico del Iltre. Ayto. De Palma del Río, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y remitirse a la Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, se podrá interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa en relación con el art. 46 de la citada Ley jurisdiccional.
En el supuesto de que fuese interpuesto recurso potestativo de reposición, el plazo para interponer el Recurso Contencioso-Administrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición, o en que éste deba entenderse presuntamente desestimado.
No obstante se podrá ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso estime procedente.
Palma del Río, 16 de diciembre de 2020. Firmado electrónicamente por la Concejala-Delegada de Recursos Humanos, Ana Belén Santos Navarro.