Boletín nº 4 (08-01-2021)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 12/2021

El Pleno de esta Diputación, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de diciembre de 2020, ha adoptado por unanimidad, entre otros, según consta en el borrador del acta, aún pendiente de aprobación y a reserva de los términos que de ésta resultaren, el siguiente acuerdo:

16. APROBACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE LA DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA PARA EL EJERCICIO 2021. (GEX 2020/37979). A continuación se conoce del expediente epigrafiado instruido en el Servicio de Recursos Humanos, en el que consta informe de la Adjunta a la Jefatura de dicho Servicio, conformado por el Secretario General de fecha 15 de diciembre en curso, así como Propuesta del Sr. Diputado Delegado de Recursos Humanos de la misma fecha, del siguiente tenor:

AL PLENO

En cumplimiento de la legislación de régimen local, se somete al Pleno la aprobación de determinadas modificaciones puntuales a la Relación de Puestos de Trabajo de la Diputación Provincial de Córdoba correspondiente al ejercicio de 2020. Conforme al Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las modificaciones en la RPT se sometieron a la Mesa General de Negociación conjunta de personal funcionario y laboral en sesiones celebradas los días 9 y 14 de diciembre y se han adoptado los acuerdos que figura en el acta que obran en el expediente.

Las modificaciones respecto a la Relación de Puestos de Trabajo vigente obedecen en parte a las adaptaciones necesarias para adecuar la estructura administrativa de la Diputación a la organización política surgida en el nuevo mandato corporativo, que supone una reordenación de las Áreas y la creación de nuevas delegaciones genéricas o especiales. Las modificaciones propuestas son las siguientes:

LA CREACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE PROGRAMAS EUROPEOS, al que se asignan las competencias siguientes:

-Captación y gestión de fondos europeos.

-Gestión de la innovación: la creación de condiciones para que las ideas que se generen en toda la institución y se conviertan en innovaciones exitosas.

-Búsqueda activa, desarrollo y la implementación de ideas.

-Impulso del proceso de innovación.

-Promoción de la Cultura de Innovación en la organización.

-Promover proyectos de ámbito provincial tanto para liderar como para ser socio de consorcios europeos.

-Acercar Europa a la Administración Local y a sus intereses y competencias.

-Asesorar y cooperar con los municipios de la provincia para conseguir un mayor conocimiento de la Union Europea para la captación y gestión de los fondos comunitarios para una mejor contribución a la consecución de los objetivos comunes.

-Realizar jornadas y foros sobre financiación europea dirigidos a los ayuntamientos, instituciones y entidades de la sociedad civil de la provincia de Córdoba.

DEPARTAMENTO DE VIVIENDA E INTERMEDIACIÓN HIPOTECARIA: Tras la aprobación del expediente de provincialización de actividad económica se va producir el inminente traspaso a Grupo Cinco de la parte mas importante de las funciones y competencias del Departamento de Vivienda e Intermediación Hipotecaria, la promoción de viviendas, tanto en régimen de alquiler como en el régimen de compraventa y de alquiler con opción de compra. Con lo que la actividad del Departamento se verá drásticamente disminuida. De acuerdo con la potestad de autoorganización de la Diputación Provincial de Córdoba se debe producir una reorganización del Departamento siendo la opción más adecuada su fusión con otros servicios de la Diputación Provincial, tanto en cuanto a los programas y actividades como en cuanto a la reasignación de sus efectivos personales distribuyendo al personal responsable de los programas cuya gestión continuará, entre los Servicios que se vayan a hacer cargo de dicha continuidad, que serían los Servicios de Patrimonio y Bienestar Social.

BIBLIOTECA: Incorporación de la Biblioteca de la Diputación Provincial de Córdobe, al Departamento de Memoria Democrática, Archivo y Gestión Documental, con lo que los puestos de trabajo incluidos en la Biblioteca cambian su adscripción del Departamento de Cultura al Departamento de Memoria Democrática, Archivo y Gestión Documental. Y este último Departamento pasa a denominarse Departamento de Memoria Democrática, Archivo y Biblioteca.

CORRECCIÓN DE ERRORES.

El Pleno de la Diputación Provincial de Córdoba, en sesión celebrada el día 22 de julio de 2020 adoptó acuerdo sobre modificación de la Relación de puestos de trabajo (Expte Gex 2020/23171), entre dichas modificaciones se incluía los siguientes:

-En el apartado de aumento de dotación se incluía que se aumentaba en un puesto más el puesto de Jefatura de Grupo de Modernización (código 64), reservándose a funcionario el puesto que se añadía.

-Dentro del apartado de creación de puestos de trabajo se incluía dos nuevos puestos de trabajo: Auxiliar de obras Medio Ambiente con el código 567 y Jefatura Negociado Medio Ambiente también con el código 567.

-Dentro del apartado de creación de puestos de trabajo se incluía un puesto de Capataz de Reprografía (Código 239) con un complemento específico de 17.3395,72 €.

-Responsable equipo Servicios (Código 129), aparece con sujeción a localización.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se procede a rectificar dichos errores en el siguiente sentido:

-Jefatura de Grupo de Modernización (Código 64), el puesto que se añade se reserva a personal laboral.

-Jefatura de Negociado de Medio Ambiente, su código pasa a ser el 569.

-Capataz de Reprografía (Código 239), su complemento específico pasa a ser de 16.346,77 €.

-Responsable equipo Servicios (Código 129), se elimina la sujeción a localización.

Otras modificaciones puntuales:

-Creación, aumento de dotación y amortización de puestos de trabajo según ANEXO I. En la creación de puestos, que obedece a nuevas necesidades de los Servicios o Departamentos, se ha establecido como sistema general de provisión el concurso, de acuerdo con la normativa de aplicación. Conforme al artículo 9.2 de la Ley del Estatuto Básico del empleado público, los puestos que se reservan a personal laboral no llevan aparejado el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales de la Administración Pública. Las retribuciones complementarias de los nuevos puestos se ha determinado por asimilación con otros puestos ya existentes de similar contenido y características.

-Modificación en las características de algunos puestos de trabajo, según ANEXO II.

-Cambios de adscripción de puestos de trabajo a nuevos Servicios o Departamentos según ANEXO III, que afectan a los puestos de trabajo de la Biblioteca antes adscritos al Departamento de Cultura.

En su virtud, se propone al Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:

-Aprobar las modificaciones en la Relación de Puestos de Trabajo de la Diputación Provincial que se han especificado.

-Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia.

Contra el anterior acuerdo que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:

a) Recurso de Reposición, con carácter potestativo, ante el Pleno, de esta Diputación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al que se publique, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

b) Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, según lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, reformado por la D.A. 14ª de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al que reciba la presente notificación, tal y como establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, antes citada.

En el supuesto de que se interponga recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en tanto aquél no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, por el transcurso del plazo de un mes desde su interposición, tal y como disponen los artículos 123.2 y 124 de la Ley 39/2015, arriba citada y 46 de la Ley 29/1998.

En el caso de la desestimación presunta del recurso de reposición, podrá interponerse el Recurso Contencioso-Administrativo mencionado, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de córdoba arriba indicados, en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con la normativa invocada anteriormente, se

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