Boletín nº 8 (14-01-2021)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 10/2021

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: Despidos/Ceses en general 684/2019. Negociado MJ

De: Don Pedro Morales Cordobés

Abogado: Don José Andrés Martín Romero

Contra: Emp. Antonio Gutiérrez Fernández y Fogasa

DOÑA OLGA RODRÍGUEZ CASTILLO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 684/2019 a instancia de la parte actora don Pedro Morales Cordobés contra Emp. Antonio Gutiérrez Fernández y Fogasa sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado Sentencia Nº 304/2020 de fecha 14-12-2020 cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:

FALLO:

Que desestimando la demanda de extinción de contrato de trabajo formulada por don Pedro Morales Cordobés contra don Antonio Gutiérrez Fernández y contra el Fogasa, debo absolver y absuelvo a éstos de las pretensiones formuladas en su contra.

Estimando la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por don Pedro Morales Cordobés contra don Antonio Gutiérrez Fernández, debo condenar y condeno al demandado a abonar la cantidad seis mil ciento ochenta y un euros con cincuenta y seis céntimos (6.181,56 €), más 575,40 € de interés de mora y las costas en términos del FD. 5º de esta sentencia.

El Fogasa responderá de los conceptos, supuestos y límites legalmente previstos.

Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el término de cinco días hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado; advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir, deberá de consignar el importe de la condena en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad B. Santander, (con nº ES55 0049 3569 9200 0500 1274), y concepto 1446 0000 65 068419 y en la misma cuenta antes referida, la cantidad de 300 euros en concepto de depósito.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma al demandado Emp. Antonio Gutiérrez Fernández con NIF 30834942S actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de La Provincia De Cordoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que pongan fin al procedimiento, deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Córdoba, a 21 de diciembre de 2020. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, Olga Rodríguez Castillo.

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