Boletín nº 8 (14-01-2021)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social 4 de Córdoba

Nº. 4.282/2020

Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba

Ejecución Nº: 122/2020. Negociado SU

De: Don José Miguel Pérez Molina y doña Inmaculada Martínez Aljaro

Contra: Domintor Cafeterías SL, Fogasa

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en este Juzgado, se sigue la ejecución número 122/2020, sobre Ejecución de los judiciales, a instancia de don José Miguel Pérez Molina y de doña Inmaculada Martínez Aljaró contra Domintor Cafeterías SL, en la que con fecha se ha dictado Auto despachando ejecución y decreto ambos de fecha 2 /10/2020 en cuya parte dispositiva se dice:

"PARTE DISPOSITIVA DEL AUTO:

S.Sª. Ilma. DIJO: Se despacha, ejecución general de la resolución dictada en autos contra Domintor Cafeterías SL con CIF 14.748.255, por la cantidad de: 85.046,37 euros de principal más otros 17.009,27 calculados provisionalmente para intereses, costas y gastos de ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento quinto de esta resolución; y sin perjuicio de su efectividad.

PARTE DISPOSITIVA DEL DECRETO:

ACUERDO: Procédase sin previo requerimiento de pago al embargo de los bienes la propiedad de Domintor Cafeterias SL con CIF 14.748.255 por las sumas de 85.046,37 euros de principal más otros 17.009,27 calculados provisionalmente para intereses, costas y gastos de ejecución.

Requiérase a las partes para que en el plazo de diez días señalen bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo, y a la ejecutada para que, de conformidad con lo establecido en el artículo 589 de la LE.Civil, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, con apercibimiento de las sanciones que pueden imponérsele, cuando menos por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren.

Recábese de la aplicación informática del Juzgado la información patrimonial integral disponible en bases de datos de las Administraciones, quedando en los autos a disposición de la actora con advertencia de la confidencialidad de los datos obtenidos, y la prohibición de su transmisión o comunicación por cualquier medio procedimiento, y que deberán ser tratados única y exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).

Se acuerda el embargo de los posibles saldos de la titularidad de la ejecutada cuentas abiertas en las entidades bancarias adheridas al convenio suscrito por la Asociación Española de Banca y el C.G.P.J., librando la correspondiente orden de retención a través de la aplicación informática disponible en este órgano judicial.

Se acuerda el embargo de las devoluciones reconocidas por la Agencia. Tributaria en favor de la ejecutada, por cualquier concepto, y líbrese orden de retención a través de la aplicación informática disponible en este órgano judicial.

Notifíquese a las partes".

Y para que sirva de notificación en forma a Domintor Cafeterías SL, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

Córdoba, 18 de diciembre de 2020. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, María Ángeles Casamayor Rivas.

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