Boletín nº 14 (22-01-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba
Nº. 152/2021
Expediente n.º: 926/2020
Resolución de la Alcaldía-Presidencia
Procedimiento: Selecciones de Personal y Provisiones de Puestos
Interesado: Sr. Don Alberto HOYO CABALLERO
RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA
Antecedentes de hecho
PRIMERO. Se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de este Ayuntamiento referente a la convocatoria de tres Plazas de Policía Local, grupo c1, perteneciente a la subescala de servicios especiales y clase de policía local y sus auxiliares, mediante el sistema de oposición en turno libre.
SEGUNDO. Tras la apertura del plazo de presentación de solicitudes, se convocó a los aspirantes para la realización de las pruebas selectivas correspondientes, con el resultado que consta en el expediente administrativo.
TERCERO. Con fecha 16.01.2020 y mediante la RESOLUCIÓN de la Alcaldía-Presidencia núm. 2020-0052 se nombró como funcionario en prácticas, en la categoría de Policía Local, a Don Alberto HOYO CABALLERO, con DNI 30980989N, cesando con fecha 18.12.2020 e incorporándose a su administración de origen, al ser funcionario de carrera de otra administración.
CUARTO. Con fecha 14.01.2021 se ha recibido informe académico favorable de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía relativo a la superación del curso de capacitación correspondiente, así como la propuesta del tribunal Califica
Fundamentos de derecho
I
Que la competencia para el nombramiento de funcionario de carrera, corresponde a la titular de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, de conformidad con lo establecido en el art. 21.1.g).- de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
II
Que en cuanto al fondo del asunto, resulta aplicable las Bases de la Convocatoria, aprobadas mediante RESOLUCIÓN de la Alcaldía-Presidencia núm. 2019-0193, y modificadas por la RESOLUCIÓN de la Alcaldía-Presidencia núm. 2019-0224, así como el Reglamento General de ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía, así como el resto de legislación sectorial aplicable a este supuesto.
Igualmente, resulta aplicable lo dispuesto en la Orden de 30 de marzo de 2020, por la que se acuerdan medidas administrativas en relación con el alumnado de la XLV y de la XLVI Promoción del Curso de Ingreso y del Curso de Capacitación para Oficiales de 2020 y con aquellas personas que hayan superado la primera fase del proceso selectivo para ingresar en los cuerpos de la policía local en los municipios de Andalucía (BOJA núm. 12 de 30 de marzo de 2020).
Visto los documentos obrantes en el expediente administrativo, visto los informes, la legislación aplicable, y que se han observado todas las formalidades establecidas por el ordenamiento jurídico vigente
RESUELVO
PRIMERO. Nombrar como funcionario de carrera, en la categoría de Policía Local del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, al siguiente aspirante:
APELLIDOS |
NOMBRE |
NIF |
HOYO CABALLERO |
Alberto |
30980989N |
SEGUNDO. El aspirante, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 62.1.c).- del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, deberá prestar acto de acatamiento a la Constitución, de conformidad con lo establecido en Real Decreto 7070/1979, de 5 de abril, y tomar posesión del mismo en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta RESOLUCIÓN en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
TERCERO. Notificar la presente RESOLUCIÓN al interesado, a la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, a la Intervención General de Fondos y Tesorería de este Ayuntamiento, así como al área de personal a los efectos que legalmente procedan y a la administración de origen del funcionario; dar cuenta al Ayuntamiento Pleno en la próxima sesión que se celebre y publicar esta RESOLUCIÓN en el Boletín Oficial de la Provincia así como en el tablón de anuncios/edictos de este Ayuntamiento.
CUARTO. Contra esta RESOLUCIÓN, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOP, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.6 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de que alternativamente pueda interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante Ssª. Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo en tanto no recaiga resolución expresa o presunta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.1 y 123 y ss. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime pertinente.
En Villanueva de Córdoba a 19 de enero de 2021. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa-Presidenta, Dolores Sánchez Moreno.