Boletín nº 17 (27-01-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Lucena
Nº. 203/2021
Don Juan Pérez Guerrero, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Lucena (Córdoba), hace saber:
ANUNCIO
Con fecha 30 de Diciembre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia el Texto Refundido de la "Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica" con ocasión de la introducción en la misma de una Disposición Transitoria al objeto de reducir las cuotas de determinados vehículos, la cual fue aprobada provisionalmente por el Pleno de la Corporación en sesión de 27 de Octubre de 2020, acuerdo que vino definitivo. Habiéndose advertido error en la Disposición Transitoria anteriormente referida, viene a subsanarse la misma en el siguiente sentido:
Donde dice:
Disposición Transitoria.-
Se establece con carácter temporal y vigencia hasta el día treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno una minoración en el coeficiente de incremento de las cuotas a que se refiere la categoría C, así como a los dos primero tramos de la categoría E, quedando este reducido al 1,5500 y dando lugar a las siguientes cuotas:
C) CAMIONES |
CUOTA |
De menos de 1.000 kilogramos de carga útil. |
65,53 € |
De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil. |
129,12 € |
De 2.999 a 9.999 kilogramos de carga útil. |
183,89 € |
De más de 9.999 kilogramos de carga útil. |
229,87 € |
E) REMOLQUES Y SEMIRREMOLQUES ARRASTRADOS POR VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA. |
CUOTA |
De menos de 1.000 y más de 750 kilogramos de carga útil. |
27,39 € |
De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil. |
43,04 € |
De más de 2.999 kilogramos de carga útil. |
12,87 € |
Debe decir:
Disposición Transitoria.-
Se establece con carácter temporal y vigencia hasta el día treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno una minoración en el coeficiente de incremento de las cuotas a que se refiere la categoría C, así como a los dos primero tramos de la categoría E, quedando este reducido al 1,5500 y dando lugar a las siguientes cuotas:
C) CAMIONES |
CUOTA |
De menos de 1.000 kilogramos de carga útil. |
65,53 € |
De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil. |
129,12 € |
De 2.999 a 9.999 kilogramos de carga útil. |
183,89 € |
De más de 9.999 kilogramos de carga útil |
229,87 € |
E) REMOLQUES Y SEMIRREMOLQUES ARRASTRADOS POR VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA. |
CUOTA |
De menos de 1.000 y más de 750 kilogramos de carga útil. |
27,39 € |
De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil. |
43,04 € |
De más de 2.999 kilogramos de carga útil. |
141,61 € |
Lucena, 21 de enero de 2021. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.