Boletín nº 20 (01-02-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 4/2021

Ref. OE-35/17-18-20

El Teniente Alcalde Delegado de Recursos Humanos y Salud Laboral, mediante Decreto nº 8852, de 30 de diciembre 2020, vino a subsanar el error material detallado en el mismo, del siguiente tenor literal:

Detectado error material en el decreto número 8168, de 4 de diciembre, por el que se aprueban las bases de la convocatoria de 26 plazas de Trabajador/a Social, mediante el sistema de Oposición, en turno libre, vacantes en la plantilla funcionarial de este Ayuntamiento, al haberse incluido erróneamente la palabra propuesta.

De conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece expresamente que éstas pueden, en cualquier momento, rectificar de oficio o a petición de los interesados los errores materiales, aritméticos o de hecho que padezcan sus actos.

En uso de las atribuciones conferidas al Alcalde, de acuerdo con lo previsto en el artículo 124 de la 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local que me han sido delegadas por Decreto de la Alcaldía 5210, de 18 de junio de 2019, y las atribuciones conferidas a la Junta de Gobierno Local por el artículo 127 del Título X de la misma Ley que me han sido delegadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 465, de 24 de junio de 2019,

RESUELVO:

PRIMERO. Rectificar el mencionado error en las bases de la Convocatoria para la selección de 26 plazas de Trabajador/a Social, aprobadas por Decreto del Teniente Alcalde Delegado de Recursos Humanos y Salud Laboral con el nº 8168, de 4 de diciembre de 2020 y en consecuencia, las bases de la citada convocatoria en el sentido siguiente:

Donde dice:

PROPUESTA DE BASES

Debe decir:

BASES

SEGUNDO. El presente Decreto se considerará complementario del emitido con número 8168, de 4 de diciembre de 2020, permaneciendo aquellos en todo lo demás invariable.

TERCERO. De conformidad con los artículos 39, 40 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el presente Decreto surtirá efectos desde la fecha de su firma, sin perjuicio de su eficacia demorada por la publicación o notificación que en su caso corresponda.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Córdoba, 4 de enero de 2021. El Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local. Por D.F. Decreto nº 3381 de 14 de abril de 2016. Firmado electrónicamente por la Jefa del Departamento de Selección y Formación, Montserrat Junguito Loring.

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