Boletín nº 23 (04-02-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 262/2021

Por Resolución de la Concejala de Recursos Humanos de este Ayuntamiento nº 75/2021, de fecha 22 de enero de 2021 se ha resuelto lo siguiente:

Ante la necesidad urgente e inaplazable de contratar personal laboral para cubrir tareas de limpieza de edificios y atendiendo que en la base 11.1 del Presupuesto General de este  Ayuntamiento para 2020 se señala que En el ejercicio de su potestad de autoorganización el Ayuntamiento de Montoro considera prioritario o que afectan al funcionamiento de los servicios públicos los siguientes sectores a los efectos de contratación de personal temporal:Vías Públicas, Limpieza Viaria, Cementerio, Alumbrado Público, Parques y Jardines, Protección del Medio Ambiente, Fomento del Empleo, Sanidad, Educación, Cultura,Turismo, Informática (Servicios Generales), y Edificios Municipales.

Con el fin de contar con bolsa de trabajo para empleo temporal no permanente, en uso de las atribuciones conferidas por Resolución de la Alcaldía nº 1306/2019 (BOP nº 130, de 10 de julio de 2019), por el presente resuelvo:

Primero: Aprobar las bases para la contratación con carácter de urgencia de puestos limpiador/a como personal laboral temporal de este Ayuntamiento, con un contrato de trabajo temporal al amparo de lo previsto en el artículo 15 del TRET, a tiempo completo o parcial, pudiendo, en su caso, estar acogido a cualquier programa de subvención, según a continuación se expresa:

BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE LIMPIADOR/A COMO PERSONAL LABORAL TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE MONTORO, A TIEMPO PARCIAL Y/O COMPLETO. BOLSA DE TRABAJO

Primera. Objeto de la convocatoria

La presente convocatoria tiene por objeto la selección mediante concurso de personal laboral temporal al amparo de lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público y de la legislación laboral aplicable (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 2720/1998, de 18 diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada), con el objeto de atender las necesidades urgentes e inaplazables de contratación como personal laboral de LIMPIADOR/A, a tiempo parcial y/o completo.

El proceso selectivo se desarrolla bajo los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y transparencia prescritos en la legislación vigente. Los méritos a valorar en el concurso serán los establecidos en el presente Decreto, que se establecen de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.2. del Decreto 2/2002 de la Junta de Andalucía.

La publicidad de la convocatoria se realizará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y la publicidad de las Bases y demás anuncios del proceso selectivo en el Tablón de edictos de la Corporación alojado en la sede electrónica.

Segunda. Descripción del puesto

Denominación del puesto de trabajo: Limpiador/a de edificios.

Funciones: Serán las propias de la profesión de limpiador/a de edificios:

" Con carácter general:

Realización de las tareas propias de su categoría profesional que se le ordenen por parte de sus superiores jerárquicos, cualquiera que sea el lugar y el servicio a que afecten.

" Funciones específicas: Sin perjuicio de la adscripción general al servicio que se adscriba y considerando las necesidades concretas, el trabajador/a desempeñará sus funciones realizando, entre otras que se le encomienden, las siguientes tareas:

" Realizar las tareas necesarias para limpiar y mantener en buen orden los locales y mobiliario de despachos, pasillos, recepciones, terrazas, aulas, gimnasios, escaleras, servicios, en general. Sus tareas incluyen las siguientes:

" Barrido y fregado de suelos.

" Limpieza de papeleras y cubos de basura.

" Recogida de objetos, material escolar, etc.

" Limpieza de mobiliario y enseres.

" Utilización de máquinas tales como limpiadoras, aspiradoras y enceradoras.

" Solicitud al responsable de útiles y productos de limpieza.

" Depósito de productos en los lugares que se le indiquen para su recogida por el servicio pertinente.

" Colaborar en el ahorro energético apagando luces, cerrando grifos de agua, ventanas, etc., y dando avisos de las averías detectadas.

" Conservación de llaves y conocimientos para conectar y desconectar las alarmas.

Tercera. Requisitos de los aspirantes

1. Los/as candidato/as que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas habrán de reunir los siguientes requisitos:

1.1. Requisitos generales.

a) Ser español/a, nacional de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, extranjero con residencia legal en España o extranjero que se encuentre en alguno de los restantes supuestos previstos en el artículo 57 TRLEBEP.

b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad mínima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión de nivel de formación equivalente a Educación Primaria, Certificado de Escolaridad o acreditación de los años cursados y de las calificaciones obtenidas en la Educación Secundaria Obligatoria.

En el caso de no contar con la formación académica requerida, se entenderá que se está en posesión de formación laboral equivalente cuando se hubiese demostrado experiencia profesional específica en la categoría profesional concreta de al menos tres meses, o superado curso de formación profesional directamente relacionado con dicha categoría, impartido por centro oficial reconocido para dicho cometido, con una duración efectiva de al menos 50 horas.(Resolución de 26-02-2020 de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública. BOJA n.º 42 de 03-03-2020)

c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o Cargos Públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto. Quienes tengan la condición de minusválido/a, deberán acreditar la compatibilidad con el desempeño de las tareas correspondientes a la plaza objeto de la presente convocatoria (artículo 59 de la LEBEP), mediante dictamen expedido por  profesional competente, antes de la formalización del contrato de trabajo.

e) Aceptar las bases de esta convocatoria y comprometerse a desarrollar las funciones y tareas propias del puesto de trabajo.

2. El cumplimiento de todos los requisitos exigidos se entenderá referido al día en que concluyó el plazo de presentación de instancias.

Cuarta. Solicitudes y documentación

1. Quienes deseen participar en la presente convocatoria deberán solicitarlo mediante el modelo de instancia aprobado que se dirigirá a la Alcaldía del Ayuntamiento de Montoro y durante el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Las bases y demás anuncios posteriores serán publicados en el Tablón de Anuncios alojado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Montoro, sin perjuicio de su posible difusión a través de otros medios o redes.

2. Las instancias podrán presentarse en el Registro General presencial o electrónico del Ayuntamiento de Montoro o en cualquiera de las formas que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo en éste último caso remitir copia completa a la siguiente dirección de correo electrónico: notifica@montoro.es, siendo condición indispensable para su admisión.

El modelo de instancia para tomar parte en el proceso selectivo será el que figura como Anexo I a las presentes bases y será facilitado gratuitamente en el Ayuntamiento de Montoro. En la instancia deberá especificarse todos los méritos valorables que se aleguen.

4. Documentación a presentar para ser admitido:

a) Solicitud firmada, conforme al modelo oficial (Anexo I).

b) Fotocopia del D.N.I. 

c) Fotocopia de la titulación exigida.

d) Fotocopia de la documentación acreditativa de los méritos que se alegan a efectos de valoración del concurso.

Toda la documentación acreditativa, se entregará junto con la solicitud.

Quinta. Admisión de aspirantes

Para ser admitidos y tomar parte en las pruebas selectivas, los solicitantes

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