Boletín nº 24 (05-02-2021)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 206/2021
Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba
Procedimiento: 132/20. Ejecución nº: 132/2020. Negociado: LJ
De: Dª. Concepción Pérez Muñoz
Contra: Buscándolas S.L. y FOGASA
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 132/2020, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de Concepcion Perez Muñoz contra Buscándolas S.L y FOGASA, en la que con fecha 13/01/21 se ha dictado Diligencia de Ordenación que sustancialmente dice lo siguiente:
Diligencia de Ordenación Letrada de la Administración de Justicia Sra. Dª María de los Ángeles Casamayor Rivas. En Córdoba, a 13 de enero de 2021.
Constando en este Juzgado que la ejecutada Buscándolas S.L. fue declarada en insolvencia provisional por Decreto de fecha 5/10/20 dictado en la Ejecución 56/20 tramitada en este Juzgado de lo Social Nº 2 de Córdoba; dese traslado al Fondo de Garantía Salarial y al ejecutante para que dentro del plazo de diez días hábiles insten lo que a su derecho convenga, conforme a lo dispuesto en el artículo 276 de la Ley 36/11, de 10 de octubre de la Jurisdicción Social, y ello previo al dictado del decreto de insolvencia.
Modo de impugnación: Mediante Recurso de Reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.
La Letrado/a de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación en forma a Buscándolas S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará telemáticamente, con la prevención de que las demás resoluciones que deban revestir la forma de autos o sentencias , se publicarán por el BOP.
Córdoba a 13 de enero de 2021. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, María Ángeles Casamayor Rivas.