Boletín nº 26 (09-02-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Encinas Reales
Nº. 337/2021
Don Gabriel González Barco, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Encinas Reales (Córdoba), hago saber:
Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de septiembre de 2020, aprobó con carácter provisional la Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
El expediente ha estado expuesto al público, mediante Edicto publicado en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 183, de fecha 23 de septiembre de 2020 y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, así como la posterior Corrección de Errores al mismo publicada en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 202, de fecha 21 de octubre de 2020 y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, durante treinta (30) días hábiles, y no habiéndose presentado reclamación o sugerencia alguna el referido acuerdo queda elevado a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Contra el mismo podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción.
* MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS:
Se modifica el apartado 1. del artículo 4º, base imponible, cuota y devengo, que queda redactado de la siguiente forma:
1. La base imponible del impuesto está constituida por el coste efectivo y real de la construcción, instalación u obra, conforme a los precios que figuran en los Anexos I, II y III.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Encinas Reales, a 1 de febrero de 2021. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Gabriel González Barco.