Boletín nº 31 (16-02-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Bujalance

Nº. 414/2021

Por Resolución de Alcaldía núm. 2021/00000169, de fecha 4 de febrero de 2021, se acordó subsanar los errores materiales existentes en la Base Tercera de convocatoria para la cobertura por funcionario de carrera de una plaza de Oficial de la Policía Local de este Ayuntamiento, la cual, se transcribe íntegramente:

«Vista la Resolución de Alcaldía núm. 2021/00000054, de 14 de enero de 2021, por la bases reguladoras de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de una plaza vacante de Oficial Policía Local de la plantilla municipal, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 16, de 26 de enero de 2021.

Visto el requerimiento de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba en relación a la subsanación de deficiencias anulables observadas en las Bases de convocatoria para la cobertura por funcionario de carrera de una plaza de Oficial de Policía Local del Ayuntamiento de Bujalance, por el sistema de promoción interna y procedimiento de selección por razón de concurso de méritos.

Examinadas las bases de la convocatoria en relación con la selección de personal referenciada y de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local,

Resuelvo

Primero. Subsanar los errores materiales existentes en la Base Tercera. Requisitos de los aspirantes de las Bases de convocatoria para la cobertura por funcionario de carrera de una plaza de Oficial de Policía Local del Ayuntamiento de Bujalance:

Donde dice:

a) Haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionarios de carrera en el Cuerpo de la Policía Local de Bujalance, en la categoría inmediata inferior a la que se aspira, computándose a estos efectos el tiempo en que haya permanecido en la situación de segunda actividad por causa de embarazo.

&

c) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente.

Debe decir:

a) Haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionarios de carrera en los Cuerpos de la Policía Local, en la categoría inmediata inferior a la que se aspiran, computándose a estos efectos el tiempo en que haya permanecido en la situación de segunda actividad por causa de embarazo.

&

c) Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico.

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento.

Tercero. Publicar un extracto de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarto. Notificar esta Resolución a Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba.

En Bujalance a,

(Fechado y firmado electrónicamente)».

Lo que se publica para general conocimiento.

En Bujalance, a 5 de febrero de 2021. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, Elena Alba Castro.

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