Boletín nº 32 (17-02-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Bujalance

Nº. 431/2021

Por Acuerdo adoptado por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Bujalance, en sesión celebrada en fecha 30 de julio de 2020, se aprobó con carácter definitivo la Innovación-Modificación del Plan Parcial PP-1I de Bujalance. Asimismo, con fecha 18 de diciembre de 2020, se ha procedido al depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento bajo el número 8535, y con fecha 01 de febrero de 2021, en el Registro Municipal bajo el número 05.

Es por lo que se procede en aplicación del artículo 70.2 y 70.ter de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en concordancia con el artículo 41 de la Ley 7/02, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva y del articulado de las normas contenidas han sido modificadas en el referido instrumento de planeamiento de Innovación-Modificación:

" ACUERDO DE APROBACIÓN DEFINITIVA (Pleno de 30 de julio de 2020):

Primero. Aprobar definitivamente el Documento de Innovación-Modificación del Plan Parcial PP-1I, redactado por la Arquitecta Dª. Isabel María Vera Rodríguez y la Asesora Jurídica Dª. Fátima Gómez Luengo (ambas pertencientes al Servicio de Arquitectura y Urbanismo de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba), y promovido por el Ayuntamiento de Bujalance.

Segundo. Remitir la documentación completa del Documento de Innovación-Modificación del Plan Parcial PP-1I al Registro Autonómico y al Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, para su depósito e inscripción.

Tercero. Previo depósito e inscripción en el Registro Autonómico y Municipal de Instrumentos de Planeamiento, el Acuerdo de aprobación definitiva así como el contenido del articulado de sus Normas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, estando a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (https://www.bujalance.es).

Cuarto. Notificar personalmente a los propietarios afectados el acuerdo adoptado.

Quinto. Dar traslado del acuerdo adoptado a la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo para su conocimiento.

" ARTICULADO MODIFICADO DE LA INNOVACIÓN-MODIFICACIÓN PLAN PARCIAL PP-1I:

3.2. NORMATIVA URBANÍSTICA MODIFICADA.

ARTÍCULO 3.12. CONDICIONES DE OCUPACIÓN

- Alineación oficial de fachada: Coincidirá con la alineación oficial exterior a calle.

- Fondo edificable: No se limita.

- Ocupación: Igual o inferior al 100% de la superficie de la parcela.

- Edificabilidad máxima: 1,00 m² de techo por m² de parcela.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Bujalance, 8 de febrero de 2021. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, Elena Alba Castro.

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