Boletín nº 35 (22-02-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Lucena
Nº. 487/2021
Por acuerdo de Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Lucena, en sesión ordinaria celebrada el día 11 de febrero 2021, se ha aprobado modificación de las Bases de Ayudas al Abastecimiento, Saneamiento, Depuración y Canón de Mejora de Infraestructuras Agua, con el siguiente tenor literal:
Primero. Modificar la Base Séptima, in fine, de las Bases de ayudas al Abastecimiento, Saneamiento, Depuración y Canon de Mejora de Infraestructuras Agua, aprobadas por Junta de Gobierno de 28 de mayo de 2020 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, núm. 109, de 10 de junio de 2020, que quedaría con la siguiente redacción:
Base 7ª. Cuantía
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Para las entidades sin ánimo de lucro que concurran a esta convocatoria, se establecen tres modalidades:
1. Asociaciones asistenciales sin ánimo de lucro con pernocta de usuarios:
El importe a bonificar, se calculará en base a la media de usuarios atendidos en los dos últimos ejercicios económicos, aplicando el Tramo A de la tabla anexa. En todo caso, el importe bonificado no superará el 75% de la factura trimestral, con un máximo de 1.250 €/trimestre.
2. Asociaciones asistenciales sin ánimo de lucro sin pernocta de usuarios:
El importe a bonificar, se calculará en base a la media de usuarios atendidos en los dos últimos ejercicios económicos, aplicando el Tramo C de la tabla anexa. En todo caso, el importe bonificado no superará el 75% de la factura trimestral, con un máximo de 1.250 €/trimestre.
3. Asociaciones asistenciales sin ánimo de lucro con y sin pernocta de usuarios:
El importe a bonificar, se calculará en base a la media de usuarios atendidos en los dos últimos ejercicios económicos, aplicando el Tramo A de la tabla anexa para los usuarios con pernocta, y el Tramo C de la tabla anexa para los usuarios sin pernocta. En todo caso, el importe bonificado no superará el 75% de la facturación trimestral, ni los 1.500 €/trimestre.
Segundo. Modificar la Disposición Transitoria de las Bases anteriormente citadas, extendiendo su vigencia al ejercicio 2021.
En Lucena, 11 de febrero de 2021. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Juan Pérez Guerrero.