Boletín nº 37 (24-02-2021)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Córdoba

Nº. 603/2021

Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba

Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 369/2019. Negociado: 04

De: Dª. Almudena Rodríguez Moral

Abogado: D. Agustín Repullo Alcántara

Contra: Mutua Colaboradora con la Seguridad Social MAZ MCSS Nº 11, TGSS, INSS, Amerita Hotel y Servicios S.L. y Marta Serrano Pérez

Abogado: D. Ignacio José Figueredo Ruiz

 

DOÑA ROSA MARÍA MERINO MÉRIDA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 369/2019, a instancia de la parte actora Dª. Almudena Rodríguez Moral contra Mutua Colaboradora con la Seguridad Social MAZ MCSS Nº 11, TGSS, INSS, Amerita Hotel y Servicios S.L. y Marta Serrano Pérez, sobre Seguridad Social en materia prestacional, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Providencia de la Magistrado-Juez Dª. María Josefa Gómez Aguilar.

En Córdoba, a 1 de diciembre de 2020.

Dada cuenta: Por presentado el anterior escrito por el Letrado D. Agustín Repullo Alcántara, en nombre y representación de Dª Almudena Rodríguez Moral, únase a los autos de su razón,

Se tienen por hechas las manifestaciones y evacuado el requerimiento acordado en el acta de suspension de la vista celebrada el dia 20 de octubre de 2020, se acuerda: Ampliar la demanda contra la Mercantil Amerita Hotel y Servicios y se señala nuevamente el próximo día 11 de mnarzo de 2021, a las 9:40 horas, para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado, manteniéndose para el señalamiento los mismos apercibimientos legales señalados en el Decreto de 06/05/2019 y quedando las partes citadas con notificación de la presente.

Las partes comparecerán con mascarilla y cuantos medios consideren pertinentes de prevención frente al COVID-19 y, en todo caso, guardar la distancia social (2 metros), sin perjuicio de lo que pueda disponer la administración proveedora del servicio. De conformidad con el párrafo 11 del Acuerdo de la Sala de Gobierno de 2 de junio de 2020 sobre Plan de desescalada y reactivación de las actuaciones judiciales en el ámbito del T.S.J.A.

Modo de impugnación: Contra dicha resolución cabe Recurso de Reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Lo mandó y firma S.Sª. Ante mí. Doy fe.

Y para que sirva de notificación y citación a las demandadas Amerita Hotel y Servicios S.L. y Administradora Dª Marta Serrano Pérez, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 15 de febrero de 2021. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Rosa María Merino Mérida.

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