Boletín nº 41 (03-03-2021)

VIII. Otras Entidades

Instituto Municipal de Gestión Medioambiental
Jardín Botánico
Córdoba

Nº. 659/2021

Por Resolución n.º 2021/2717, de 23 de febrero de 2021, de la Presidencia del Instituto Municipal de Gestión Medioambiental Jardín Botánico de Córdoba (IMGEMA), y en virtud de las competencias que otorga el artículo 13º de los vigentes Estatutos del IMGEMA a la Presidencia, adoptó acuerdo aprobando las Bases de la convocatoria mediante Concurso de Méritos para la provisión de funcionario con carácter Interino de una (1) plaza perteneciente a la escala de Administración General subescala de Gestión correspondiente a un puesto de Técnico de Administración y Personal, con categoría A2, que figura en la Plantilla Orgánica del IMGEMA con código A-II-08, y la creación de una Lista de Reserva-Bolsa, tramitación de urgencia, del siguiente tenor literal:

BASES QUE HABRÁN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO DE UN FUNCIONARIO INTERINO PARA LA PROVISIÓN DE PLAZA DE TÉCNICO DE GESTIÓN CORRESPONDIENTE A PUESTO DE TRABAJO DE TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN y PERSONAL, CATEGORÍA A2 DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL JARDÍN BOTÁNICO DE CÓRDOBA (IMGEMA) Y LA CREACIÓN DE LISTA DE RESERVA-BOLSA PARA LA COBERTURA DE NECESIDADES TRANSITORIAS DE PLAZAS EQUIVALENTES. TRAMITACIÓN URGENTE

Primera. Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto la necesaria y urgente provisión como funcionario interino de una (1) plaza perteneciente a la escala de administración general subescala De gestión correspondiente a un puesto de Técnico de Administración y Personal, con categoría A2, hasta la cobertura definitiva de la plaza o la amortización de la misma.

Las retribuciones serán las correspondientes a la categoría de Técnico del Grupo Personal Administrativo previstas en el Convenio Colectivo del IMGEMA, con las necesarias adaptaciones en la estructura de dicha retribución salarial.

Segunda. Funciones

Bajo la dependencia directa de la Jefatura de la Unidad Administrativa y de Personal y con el apoyo del personal adscrito a la Unidad, tendrá entre sus funciones las siguientes:

- Desarrollo y supervisión de la contabilidad presupuestaria, analítica y general, del instituto. Coordinación de la formación del proyecto de Presupuesto anual de ingresos y gastos y control de la ejecución del mismo

- Gestión de la contratación administrativa.

- Gestión de la contratación de personal, nóminas y Seguridad Social

- Realización de los estudios e informes que le sean demandados

- Dirección y supervisión en la tramitación de expedientes administrativos

- Cualesquiera otras afines al puesto que le sean encomendadas.

Tercera. Requisitos

- Estar en posesión del título universitario de Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado (deberá acreditarse la equivalencia). En el caso de equivalencia, la misma deberá de ser reconocida como tal por la administración competente en cada caso concreto y debidamente acreditada en tal sentido por el/la aspirante, debiendo citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.

- Tener nacionalidad de los Estados miembros de la Unión Europea, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público en lo referente al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

- Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes sin que se establezcan exclusiones por limitaciones físicas o psíquicas, salvo en los casos que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de la Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a la que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

- No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad conforme a la normativa aplicable. Este requisito deberá poseerse en el momento de la toma de posesión.

Los requisitos establecidos deberán poseerse en el momento de finalización del plazo para presentar las instancias y mantenerse durante todo el procedimiento.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

Cuarta. Solicitudes

Las instancias, dirigidas a la Presidencia del IMGEMA, se presentarán en el Registro Único del Ayuntamiento de Córdoba (https://sede.cordoba.es/cordoba/registro- electronico/), en la oficina de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Córdoba, en la oficina de atención ciudadana especializada del IMGEMA sito en Avda. de Linneo, s/n, de 9.00 a 14.00 h o en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente (apartado 5 del artículo 30, Ley 39/2015, de 1 de octubre).

Los sucesivos anuncios y todo tipo de comunicaciones relativos a esta convocatoria por tratarse de un procedimiento selectivo y de concurrencia competitiva, y de conformidad con lo establecido en los artículos 45.1 y 45.3 de la Ley 39/2015, se realizarán mediante la publicación en el tablón de edictos electrónico sito en https://sede.cordoba.es/cordoba sin perjuicio de que de forma complementaria se pueda publicar además en la página web del IMGEMA (http://www.jardinbotanicodecordoba.com/tablon-de-anuncios/) y en el lugar físico de exposición habitual en su sede principal sita en la Avda. de Linneo s/n de Córdoba.

En caso de presentar las instancias en Administración distinta, y al objeto de agilizar el procedimiento, el/la interesado/a lo comunicará vía correo electrónico (selecciondepersonal@jardinbotanicodecordoba.com).

Las solicitudes presentadas en soporte papel que presenten enmiendas o tachaduras serán desestimadas.

Las instancias se presentarán conforme al modelo que se adjunta como Anexo I a la presentes Bases, en el que se manifestará que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos.

Las solicitudes dirigidas a la Presidencia del Instituto Municipal de Gestión Medioambiental (IMGEMA), indicarán como asunto: SELECCIÓN TÉCNICO/A DE ADMINISTRACIÓN Y PERSONAL-A2.

Dado que a una instancia general pueden acompañarse como máximo cuatro anexos con un tamaño de archivo de 7 megas, en el caso de tener que incorporar más anexos, se formularán varias instancias generales relacionando en las sucesivas el número registro de entrada de la primera a la que complementan. El primer anexo a adjuntar será el modelo normalizado de solicitud firmado que se refleja como Anexo I a las presentes bases. El Anexo II será el modelo de autobaremación firmado que se adjunta como Anexo II a las presentes Bases.

La presentación de las solicitudes fuera del plazo establecido y la no utilización del modelo de impreso normalizado de uso obligatorio serán causas de exclusión del procedimiento de selección.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada. En todo caso, debe tenerse en cuenta la trascendencia penal que puede revestir la conducta consistente en la aportación de copias manipuladas que puede ser constitutiva de infracción penal, concretamente de un delito de falsedad en documento público o privado (artículos 390 y siguientes del Código Penal), por lo que en estos casos tanto si se revela, efectivamente, del cotejo la falta de identidad de la copia con el original, como si se deja transcurrir el plazo concedido sin aportar el documento original procedería denunciar los hechos al Ministerio Fiscal o ante la Jurisdicción penal en orden a su ulterior investigación y enjuiciamiento, en su caso, en dicha vía ju

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