Boletín nº 45 (09-03-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Nueva Carteya

Nº. 687/2021

Don Vicente Tapia Expósito, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Nueva Carteya (Córdoba), hace saber:

Que debiendo entenderse adoptado definitivamente el acuerdo inicial adoptado por el Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 25 de septiembre de 2020, para la aprobación del Reglamento de Régimen Interno del Centro de Personas Mayores de Titularidad Municipal, por haber transcurrido el plazo de información pública sin que se haya presentado ninguna reclamación o sugerencia, según lo dispuesto en el parágrafo último del artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la misma Ley se publica el texto íntegro de dicho Reglamento, que se inserta- a continuación.

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CENTRO DE PERSONAS MAYORES DE TITULARIDAD MUNICIPAL

PREÁMBULO

La Disposición Transitoria II del Decreto 72/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de los Centros de Participación Activa para Personas Mayores exige la redacción y aprobación de Reglamentos de Régimen Interno de los Centros de Participación de los que sean titulares las Administraciones Públicas en Andalucía.

El ámbito regulador de este Reglamento es el que no se cubre expresamente en el Estatuto, para aquellas cuestiones a las que expresamente se remite, y para aquellas otras que son necesarias incluir, en atención a las características específicas de los mencionados Centros de titularidad municipal.

Con la redacción y aprobación del presente Reglamento de Régimen Interno se aspira a dotar a los Centros de Participación Activa de titularidad municipal de una herramienta que concrete las funciones a desempeñar y que contribuya a prevenir y resolver los conflictos que puedan originarse. Se pretende, no obstante, que el texto que se aprueba sea susceptible de modificaciones para adaptarse a las necesidades organizativas que vayan surgiendo.

TÍTULO ÚNICO

Capítulo I

El Centro

Artículo 1.

El presente Reglamento es de aplicación al Centro Municipal de Mayores, que es dependencia municipal dotada de equipamiento sociocultural creado y sostenido por el Ayuntamiento de Nueva Carteya y dependiente en su gestión de la Concejalía que ostente las competencia en materia de Servicios Sociales, a la que está adscrito, sin perjuicio de las competencias atribuidas legalmente a el/la Alcalde/sa y al Pleno Municipal.

Artículo 2.

Para dar cumplimiento a la previsión contenida en el art. 4.3 del Estatuto de los Centros de Participación Activa para Personas Mayores, se establece la siguiente zona de influencia, sin perjuicio de su posible revisión por creación o modificación del Centro en:

a) Centro de Participación Activa para Personas Mayores de Nueva Carteya: cuyas dependencias son municipales, con domicilio en Avda. Andalucía, 16 y que abarca todo el municipio de Nueva Carteya.

Artículo 3.

El horario regular de apertura del Centro es de lunes a sábado de 09:00 h a 14.00 h. y de 17:00 h. a 21:00 h en invierno. El horario en verano será de lunes a sábado de 09:00 h a 14 h. y de 18:00 h. a 22:00 h.

El Centro permanecerá un día a la semana cerrado, que será determinado de común acuerdo entre la persona o entidad que ostente la cesión de explotación de las cafetería- bar y la Junta directiva del Centro, debiéndolo poner en conocimiento del Área que ostente las competencias en materia de Servicios Sociales o del Mayor.

Este horario podrá ser modificado por la Delegación o Área que ostente las competencias en materia de Servicios Sociales o del Mayor.

Artículo 4.

La responsabilidad de la apertura y cierre del Centro recae, en principio, en la persona o entidad que ostente la cesión de la explotación de la cafetería-bar del Centro. Acordada la apertura y cierre del centro con el área que ostente las competencias en materia de Servicios Sociales o del Mayor.

Artículo 5.

El Centro dispondrá de dos tipos de dependencias:

a) Salas abiertas al público: salón de actos, situado en la primera planta, en el que se realizarán las actividades habituales y que estarán abiertas permanentemente en los horarios establecidos.

b) Salas de uso restringido: salón situado en la planta baja, cuyo acceso será determinado por la Delegación o Área que ostente las competencias en materia de Servicios Sociales o del Mayor que deberá dar su aprobación. Siempre que la infraestructura del edificio lo permita, existirá una sala para los miembros de la Directiva del Centro en las que se realizarán las tareas habituales propias de los miembros de la directiva, servirá de oficina de atención a los usuarios y socios del Centro y para archivo de la documentación propia del Centro y la correspondencia y en general servirá de despacho de los miembros de la Directiva del Centro.

Las instalaciones del Centro podrán ser utilizadas fuera del horario regular para actividades puntuales propias de la actividad del Centro, siendo para ello necesario haber informado a la Delegación o Área que ostente las competencias en materia de Servicios Sociales o del Mayor que deberá dar su aprobación.

Artículo 6.

Se promoverá el uso polivalente de las salas de usos comunes del Centro para que puedan ser utilizadas para varias actividades diferentes, aunque no de forma simultánea, procurándose preservar el uso de la sala de talleres para estas finalidades y siempre cumpliendo el aforo máximo permitido.

Capítulo II

De los fines y objetivos del Centro

La finalidad del Centro es potenciar, promocionar y promover una participación activa que facilite el desarrollo personal, la integración social y la autonomía funcional, partiendo de los intereses, las aspiraciones y necesidades del colectivo de mayores, de acuerdo con los recursos humanos, financieros y materiales disponibles. Fomentando la convivencia intergeneracional y la cooperación social.

Objetivos:

" Fomentar la participación activa y la creatividad, permitiéndoles abordar con mayor seguridad y confianza sus relaciones con el medio.

" Favorecer la autoestima personal.

" Motivar en el buen uso del tiempo libre de forma útil, activa, &

" Promocionar el ejercicio de hábitos saludables la estimulación física y cognitiva de las personas mayores retrasando futuras dependencias.

" Promover la proyección social favoreciendo la participación de las personas mayores en su entorno como elemento fundamental.

" Mejorar la formación y conocimiento personal de las personas mayores en cuestiones relacionadas con el envejecimiento.

Capítulo III

De las personas socias y usuarias

Artículo 7.

La competencia para el reconocimiento de la condición de persona socia o usuaria la ostentará la Delegación o Área que ostente las competencias en materia de Servicios Sociales o del Mayor.

Artículo 8.

La solicitud y registro de alta como persona socia o usuaria se formalizará en las oficinas del propio Centro en el horario establecido para ello. La Junta Directiva es la encargada en tramitar el correspondiente carnet de persona socia que desee darse de alta.

Artículo 9.

La vigencia del alta como persona socia o usuaria será ilimitada, salvo por alguna de las causas que vienen recogidas en el artículo 11 de este reglamento.

Artículo 10.

La entrada de personas socias o usuarias en las instalaciones comunes del Centro es libre en sus horarios de apertura, siempre que se cumplan los requisitos de admisión o permanencia y respetando lo referido en el artículo 6 del presente reglamento de régimen interior.

Artículo 11.

La condición de persona socia o usuaria de este Centro se perderá por alguna de las siguientes causas:

a) A petición propia.

b) Por reconocimiento de la condición de persona socia o usuaria de otro Centro de Mayores.

c) Por imposición de sanción que lleve aparejada la pérdida de tal condición.

d) Por fallecimiento.

e) Así como cualquier otra causa que impida el disfrute de los derechos implícitos a la condición de persona socia o usuaria.

Artículo 12.

Son derechos de los usuarios/as del Centro Municipal de Mayores:

a) Acceder al Centro sin discriminación por razón de sexo, raza, religión, ideología o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

b) Disfrutar de todos los servicios que se presten en el Centro, de conformidad con las normas de funcionamiento del mismo.

c) Participar en reuniones, asambleas o cualquier otra convocatoria realizada por la Delegación o Área que ostente las competencias en materia de Servicios Sociales o del Mayor.

d) Integrarse en los órganos de participación y representación, y actuar como electores y candidatos.

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