Boletín nº 47 (11-03-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera
Nº. 757/2021
Por Resolución de Alcaldía nº. 538/2021, de 3 de marzo, se ha resuelto lo siguiente:
Resolución de Alcaldía
Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme al artículo 21.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y por ende también la posibilidad de revocar las delegaciones, artículo 116 del ROF.
Razones de índole personal hacen imposible que el próximo día 6 de marzo de 2021 el Sr. D. Antonio Cosano Cabello oficie el matrimonio civil que iba a autorizar.
Por consiguiente, vistos, entre otros, el artículo 21.3 de la LRBRL; artículo 116 del R.D. 2.568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de conformidad con lo dispuesto en la directriz segunda de la Instrucción de 26 de enero de 1995 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes, por la presente he resuelto:
1. Revocar la Resolución de Alcaldía nº. 464/2021, de 24 de febrero, por la que se delegaba en el Sr. Concejal de este Ayuntamiento, D. Antonio Cosano Cabello, el ejercicio de las atribuciones de oficiante del matrimonio civil para el día 6 de marzo de 2021, a las 12:00 horas.
2. Delegar en la Sra. Concejala de este Ayuntamiento, Dª. Francisca Herrador Cosano, el ejercicio de las atribuciones de oficiante del matrimonio civil a celebrar en el salón de sesiones de la Casa Consistorial de esta ciudad, el día 6 de marzo de 2021, a las 12:00 horas.
3. Notifíquese esta Resolución a los interesados y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Aguilar de la Frontera, a 3 de marzo de 2021. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, Carmen Flores Jiménez.