Boletín nº 47 (11-03-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Moriles
Nº. 803/2021
Aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario, financiado mediante bajas de créditos de otras aplicaciones, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Crédito Extraordinario |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económ. |
||||
431 |
47900 |
Subvención Asociación Comerciantes |
0,00 |
2.500,00 |
2.500,00 |
TOTAL |
0,00 |
2.500,00 |
2.500,00 |
Esta modificación se financia mediante bajas de créditos de otras aplicaciones.
BAJAS O ANULACIONES EN CONCEPTO DE GASTOS
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Bajas o anulaciones |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económ. |
||||
4312 |
22799 |
Trabajos realizados por otras empresas |
5.000,00 |
2.500,00 |
2.500,00 |
TOTAL BAJAS |
5.000,00 |
2.500,00 |
2.500,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Moriles a 3 de marzo de 2021. Firmado electrónicamente: La Aldaldesa-Presidenta, Francisca Araceli Carmona Alcántara.