Boletín nº 56 (24-03-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Cabra

Nº. 917/2021

El Alcalde del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra, hace saber:

Que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 12 del actual mes de marzo, según resulta del borrador del acta y a reserva de su aprobación, acordó aprobar las bases del Concurso de Cómic Donaz Ciudad de Cabra cuyo texto íntegro se anexa al presente edicto.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Cabra a 15 de marzo de 2021. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Fernando Priego Chacón.

ANEXO

BASES CONCURSO DE CÓMIC DONAZ CIUDAD DE CABRA

Objeto

Las presentes Bases tienen por objeto regir las convocatorias, que con carácter anual convoque el Área de Cultura a través de la Red Municipal de Bibliotecas, del CONCURSO DE CÓMIC DONAZ CIUDAD DE CABRA. Las presentes bases tienen por objeto regular, en régimen de concurrencia competitiva, el proceso de concesión del Concurso de Cómic Donaz Ciudad de Cabra.

Publicidad

Se dará publicidad de estas bases y de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y la publicación del extracto de la convocatoria a través de la Base de Datos Nacionales de Subvenciones, de acuerdo con los artículos 9.3 y 20.8 de la citada Ley 38/2003, General de Subvenciones, así como en la página web municipal.

Finalidad

La finalidad del concurso, regulado en las presentes bases, es incentivar la creatividad, la expresión e incrementar el interés por el cómic en general.

Requisitos de participación

1. Podrán participar todas las personas, de nacionalidad española y residentes en el territorio nacional, sin límite de edad. Los menores de 18 años podrán participar bajo el consentimiento de sus padres o tutores.

2. El número de obras que cada participante podrá presentar en cada convocatoria será un máximo de dos obras.

3. La temática de la obra presentada será libre.

4. La obra deberá ser original, inédita y no premiada en otro concurso o certamen con anterioridad a la convocatoria de este concurso.

5. Quedarán excluidos aquellos que fomenten el odio, la violencia, el racismo o el maltrato.

Admisión de las obras

Para que una obra sea admitida a concurso deberá respetar los siguientes criterios:

1. Las historietas de cómic serán auto conclusivas. Se presentarán en formato A-4 o proporcional.

2. Las obras tendrán una extensión mínima de 2 páginas y máxima de 6. Las páginas estarán numeradas y rotuladas. Las obras podrán realizarse en blanco negro o a color, empleando cualquier técnica artística. No estarán firmadas, ni contendrán otros elementos que pudieran inducir a la identificación de su autor.

3. Cada obra deberá ir acompañada con su correspondiente ficha de inscripción, firmada en prueba de conocimiento y aceptación de las Bases.

Forma de presentación

Las obras podrán presentarse en persona, por correo postal o a través de correo electrónico, que será el fijado en cada Convocatoria.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de trabajos comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el día que se establezca en la misma.

Cuantía de los premios

Será fijada en cada Convocatoria.

Procedmiento de adjudicación de premios

Una vez concluido el plazo de presentación de obras, la adjudicación de premios se realizará mediante acuerdo de un Jurado constituido al efecto.

El jurado estará formado por expertos/as en el mundo del cómic y estará presidido por el Alcalde o el miembro de la Corporación en quien este delegue. El órgano instructor estará constituido por personal de la Delegación de Cultura.

El fallo del jurado será inapelable y se reservará la facultad de declarar premios desiertos si estimase que la calidad de los trabajos no alcanzara el mínimo exigible.

El fallo de jurado se hará público y se notificará telefónicamente o por correo electrónico a los ganadores. Se realizará un acto de entrega de premios que será determinado por la organización.

Los resultados se publicarán posteriormente en los portales municipales respectivos.

Justificación

Se considerará justificación suficiente de los premios que se concedan, el acta del Jurado, en el que figure la relación de las obras premiadas y autores ganadores del premio correspondiente, además de las obras en sí misma.

Propiedad y exposición de las obras

El autor conservará la propiedad intelectual reservándose el Ayuntamiento de Cabra el derecho de difundir y/o publicar las obras premiadas y seleccionadas. Con una selección de los trabajos presentados se realizará una exposición en salas y fechas por determinar. Queda implícita la autorización para la exhibición y publicación de la imagen o contenido de las mismas por cualquier medio.

Con una selección de las obras presentadas se editará una publicación.

La organización no mantendrá correspondencia con los participantes.

La participación en la presente convocatoria implica aceptar todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes bases.

Cualquier imprevisto no incluido en estas bases podrá ser resuelto por el jurado.

Otros

La participación en este concurso supone la plena aceptación de estas bases, cuya interpretación corresponde única y exclusivamente a la Delegación de Cultura del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra.

La Delegación de Cultura del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra se reserva la posibilidad de suspender el concurso siempre que existan causas mayores debidamente justificadas.

Anexos

Anexo I y II. Boletín de inscripción, aceptación de las bases y declaración responsable será el fijado en cada convocatoria.

Disposición Adicional Única

En todo lo no señalado en estas Bases, se estará a lo dispuesto en las distintas convocatorias del concurso.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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