Boletín nº 56 (24-03-2021)

VIII. Otras Entidades

Gerencia Municipal de Urbanismo
Córdoba

Nº. 969/2021

Rfª.: FSJ / Planeamiento 4.1.12 - 1/2019

El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, en sesión celebrada el día 11 de febrero de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero. Declarar la propuesta del Proyecto de Actuación promovido por la Sociedad Cooperativa Andaluza DCOOP, redactado por el ingeniero técnico industrial Juan José Peña Rodríguez, según documento presentado en la GMU con fecha 22 de enero de 2020, complementado con documentación aportada con fecha 05/julio/2020, referido a instalación de modernización de instalaciones de planta de partido de almendras, en el p.k. 10,400 de la Carretera A-431 de Palma del Río, sobre fincas registrales 13.638 y 14.412 del Registro de la Propiedad nº 5 de Córdoba, parcelas catastrales 14900A102000420000MQ, 14900A102000430000MP y 3218101UG3931N0001BU, en los términos recogidos en el informe del Servicio de Planeamiento que consta en el expediente 4.1.12 1/2019, como de utilidad pública e interés social a los efectos previstos en el artículo 11.3.3 de la normativa del PGOU.

Segundo. Aprobar definitivamente el Proyecto de Actuación promovido por la Sociedad Cooperativa Andaluza DCOOP, redactado por el ingeniero técnico industrial Juan José Peña Rodríguez, según documento presentado en la GMU con fecha 22 de enero de 2020, complementado con documentación aportada con fecha 05/julio/2020, referido a instalación de modernización de instalaciones de planta de partido de almendras, en el p.k. 10,400 de la Carretera A-431 de Palma del Río, sobre fincas registrales 13.638 y 14.412 del Registro de la Propiedad nº 5 de Córdoba, parcelas catastrales 14900A102000420000MQ, 14900A102000430000MP y 3218101UG3931N0001BU, en los términos recogidos en el informe del Servicio de Planeamiento que consta en el expediente 4.1.12 1/2019.

Tercero. Advertir al Promotor que el plazo de cualificación de los terrenos para el uso excepcional solicitado será de treinta años. Durante dicho periodo la actividad quedará vinculada a la totalidad de los terrenos de referencia y transcurrido dicho plazo cesará la vigencia de dicha cualificación.

Cuarto. Recordar al Promotor los compromisos que asume una vez que sea aprobado el Proyecto de Actuación para la autorización excepcional en suelo no urbanizable del uso propuesto, estando explicitados dichos compromisos u obligaciones en los Informes del Servicio de Planeamiento de ésta GMU que constan en el expediente 4.1.12 1/2019, donde se recogen las determinaciones del Proyecto de Actuación aprobadas.

Quinto. Advertir al promotor que, previamente a la publicación del presente acuerdo, deberá aportar la garantía prevista en el artículo 52,4º de la LOUA, por el importe del 10% de la inversión, que en el presente supuesto asciende dicha garantía al importe de 390.902,78 euros. Tras la aportación de dicha garantía se procederá a publicar la resolución en el BOP de conformidad con lo previsto en el artículo 43.1.f de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).

Sexto. Advertir asimismo al Promotor que en el plazo máximo de un año, a partir de la notificación de la aprobación del Proyecto de Actuación, deberá solicitar la licencia municipal del Proyecto de Legalización de la actividad, y abonar la Prestación Compensatoria que se devengará con el otorgamiento de la citada licencia y/o aprobación del Expediente, de conformidad con lo previsto en el artículo 52,5º de la LOUA y la Ordenanza de Prestación Compensatoria vigente; teniendo en cuenta en la tramitación de las licencias, las objeciones contenidas en los informes sectoriales.

Séptimo. Notificar la presente Resolución al Promotor, así como a la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, con indicación de los recursos que procedan, adjuntando a la presente resolución el informe de propuesta de aprobación definitiva del Servicio de Planeamiento de la GMU, que sirve de fundamento al presente acuerdo, formando parte del mismo.

Córdoba, 4 de marzo de 2021 Firmado electrónicamente: El Gerente, Luis Valdelomar Escribano.

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